INSTITUCIÓN EDUCATIVA

 

JORGE ELIECER

GAITAN AYALA

MANUAL DE CONVIVENCIA

 

 

 

 

 

MANUAL DE CONVIVENCIA

 

  1. INTRODUCCIÓN.
  • Justificación.
  • Objetivo fundamental.
  • Términos y definiciones.
  • Marco legal.
  1. HORIZONTE INSTITUCIONAL.
  • Visión.
  • Misión.
  • Filosofía institucional.
  • Principios institucionales.
  1. PERFILES DE LOS ACTORES.
  • Perfil del estudiante.
  • Perfil de los docentes.
  • Perfil padres de familia.
  • Perfiles directivos, personal administrativo y de servicios generales.
  1. DERECHOS Y DEBERES.
  • Derechos de los estudiantes.
  • Derechos de los docentes.
  • Derechos padres de familia.
  • Derechos y deberes de los coordinadores.

 

  • Funciones del Rector.
  • Funciones consejo directivo.
  • Funciones consejo académico.
  • Funciones del orientador escolar.
  • Funciones de los coordinadores.
  • Funciones de los docentes.
  • Funciones personal administrativo.
  • Funciones del personal de apoyo y logística.
  1. RUTA DE ATENCIÓN.
    • Promoción y prevención.
    • Atención: situación tipo I, situación tipo II y III, ruta externa.
    • Protocolos de atención decreto 1965/2013 art, 42, atención tipo I, II, III.
    • Clasificación de situaciones según decreto 1965/2013.
    • Correctivos disciplinarios, pedagógicos y debido proceso.
    • Esquema de procesos de atención.
    • Pedagógicos.
    • Debido proceso y derecho a la defensa.
    • Medidas de protección y restablecimiento de derechos para estudiantes victimas de situaciones tipo II y III.
  1. ESTUDIANTES EN SITUACIONES DE ABANDONO O NEGLIGENCIA FAMILIAR.
  1. DIRECTORIO DE AUTORIDAD Y ENTIDADES DE APOYO.
  1. SOBRE EL PORTE DEL UNIFORME.
  1. ESTÍMULOS.
  • Acciones reparadoras.
  1. REGLA DE HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLICA.
  1. PREVENCIÓN FRENTE AL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS.
  1. CRITERIOS DE RESPETO, VALORACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y COLECTIVOS.
  1. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO FRENTE AL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE.
    • Pautas de seguridad.
  1. NORMAS DE CALIDAD Y REGULARIDAD DE ESTUDIANTES Y DOCENTES.
    • Horarios y jornada de estudiantes.
    • Jornada de los docentes.
  1. PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL, ESTUDIANTES Y DOCENTES.
  1. REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR.

17.1. Consejo Directivo

      17.2. Consejo Académico

17.3. Consejo de padres de familia

17.4. Consejo de estudiantes

      17.5. Representante de estudiantes

      17.6. Comité de convivencia escolar.

17.7. Funciones del comité de convivencia escolar.

  1. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR.
  1. REGLAS USO DE LA BIBLIOTECA Y SALAS DE INFORMÁTICA.
  1. INTRODUCCIÓN.

“Necesita la republica de jóvenes ilustrados y no ignorantes, de jóvenes virtuosos y no fanáticos, de jóvenes patriotas y no egoístas”                                           Francisco de Paula Santander 1823.

El estudiante es el centro de toda la institución educativa, es su eje, es la razón de ser del Jorge Eliecer Gaitán Ayala. Rafael Antonio Prieto Duarte.

Nuestro manual de convivencia es entendido como el conjunto de orientaciones en donde se plasman los acuerdos entre los padres de familia, estudiantes, directivos y personal de la institución y de las personas que buscan vivir conjuntamente con otros.

La Convivencia: Acción de convivir, vivir en compañía de otros u otras personas.

Es el compendio de derechos y deberes, sus relaciones con los estamentos; procedimientos para resolver con oportunidad  y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad, se intuyen las rutas  e instancias de dialogo y de conciliación.

Pautas de presentación personal, el debido proceso y las inducciones del sistema de evaluación y promoción estudiantil en la institución.

El manual de convivencia incorpora las definiciones, principios y responsabilidades, para todos los miembros de la comunidad educativa Jorge Eliecer Gaitán Ayala, que establece la ley 1620 del 2013, el Decreto reglamentario 1965 de 2013 y las modificaciones al mismo contenidas en el Decreto 1075 de 2015 normas que ordenan el desarrollo de los componentes de promoción, prevención, atención y seguimiento concordantes a la participación de los padres y estudiantes en la construcción, redacción, socialización e implementación (Art. 22 Ley 1620 de 2013) de la ruta de atención integral interna a las situaciones que afectan la sana y pacífica convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos (DHH), sexuales y reproductivos. se incluyen los postulados, procesos, protocolos, estrategias y mecanismos de la Ruta de Atención Integral reglamentados por el Gobierno Nacional así:

  1. Las situaciones más comunes que afectan la convivencia y los ejercicios de los Derechos Humanos DDHH, sexuales, reproductivos, las cuales deben ser identificadas y valoradas dentro del contexto institucional.
  2. Las pautas y acuerdos que deben de atender los integrantes de la comunidad educativa para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
  3. La clasificación y tipificación de las situaciones consagradas en el Decreto 1965 del 2013,  Articulo 40 y es compilado en el Decreto 1075 de 2015 en su artículo 2.3.5.4.2.6.
  4. Los protocolos de atención, para la protección integral.
  5. Las medidas pedagógicas y las acciones que contribuyan a la promoción de la convivencia escolar, la prevención de situaciones que afecten a la reconciliación, la reparación de daños causados y el restablecimiento de un clima de relaciones constructivas en la institución educativa, cuando estas situaciones ocurran.
  6. Las estrategias pedagógicas que permitan y garanticen la divulgación y socialización de los contenidos del manual de convivencia a la comunidad  educativa, haciendo énfasis en acciones dirigidas a los padres de familia y/o acudientes
  • Justificación.

“Camino a la excelencia, en la convivencia”. Rafael Antonio Prieto Duarte. Rector.

Una cultura de la convivencia debe servir para que los estudiantes se formen en ella, la asuman como una forma de obrar y de ser, sin que ello constituya un discurso ideológico que se convierta con el proceder de algunos de los estamentos de la institución o se la contrarreste con el currículo oculto que exista en la institución.

La convivencia escolar se puede atender como la acción de vivir en compañía de otras personas en el contexto escolar y de manera pacífica y armónica. Se refiere al conjunto de relaciones que ocurren entre las personas que hacen parte de la comunidad educativa, el cual debe enfocarse en el logro de los objetivos educativos y su desarrollo integral.

Se hace necesaria la construcción de una cultura de la convivencia en los miembros de la institución donde cada uno de ellos encarne este principio como parte de la política institucional eligiéndolo como criterio autor en su manera de conducción. Que convierta las debilidades en fortalezas en la convivencia.

  • Objetivo Fundamental.

Lograr que el manual de convivencia sea reconocido por todos los estamentos de la comunidad educativa como un instrumento que cumple las funciones contempladas y que se mencionan en el mismo para la excelente convivencia institucional “Gaitanista”

 

  • Términos y definiciones.
  • Acceso Carnal: De acuerdo con el código penal colombiano, articulo 212, se entiende como “La penetración del miembro viril por vía anal, vaginal u oral, así como la penetración vaginal o anal de cualquier otra parte del cuerpo humano u otro objeto”. La ley 599 de 2000 consagra varios tipos casos de acceso carnal a saber: 1) El acceso carnal violento (artículo 205): cuando se realiza con otra persona mediante el uso de la violencia.

“Por violencia la corte entendió esta como la fuerza, el constreñimiento, la presión física o psíquica – intimidación o amenaza – que el agente despliega sobre la víctima para hacer desaparecer o reducir sus  posibilidades de oposición o resistencia a la agresión ejecutada”. 2) El acceso carnal a persona puesta en incapacidad de resistir (artículo 207): cuando se realiza con persona a la cual se haya puesto en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o a dar su consentimiento; 3) El acceso carnal abusivo con menor de 14 años (artículo 208): cuando se realiza con una persona menor de 14 años. En este delito resulta irrelevante que el menor de 14 años haya dado su consentimiento; 4) Acceso carnal con incapaz de resistir (artículo 210): cuando se realiza a una persona en estado de inconciencia, que padezca trastorno mental o que este en capacidad de resistir.

  • Acción Reparadora: Toda acción pedagógica que busca enmendar y compensar daños causados a otras personas. Son acciones que pretender restablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para atender conflictos manejados inadecuadamente (situaciones de tipo I y II). Guía N° 49 “Guías pedagógicas para la convivencia escolar” Ministerio de Educación.
  • Acoso escolar (intimidación, bullying o matoneo). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niña, niño o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, y que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o de estudiantes contra docentes, y ante la indiferencia o complicidad de su entorno (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). El desbalance de poder y el hecho de que el acoso escolar implique agresión repetida por parte de quien tiene más poder sobre quien tiene menos, diferencian al acoso escolar de las situaciones de conflicto manejado inadecuadamente.
  • Acoso por homofobia o basado en actitudes sexistas. Situaciones en las que se observan de manera repetida y sistemática agresiones como apodos, bromas, insultos, rumores, comentarios ofensivos verbales o escritos (notas en los baños, paredes, tableros, pupitres) relativos a la orientación sexual real o supuesta de la persona o a su identidad de género. Se incluyen prácticas repetidas de segregación (separar del grupo), de exclusión (impedir la participación en las actividades y toma de decisiones) o de discriminación (establecer barreras o restricciones para el disfrute de los derechos fundamentales). Este tipo de acoso generalmente se dirige hacia las personas que expresan una sexualidad que no cumple con los estereotipos sociales asociados al género o a la orientación sexual.
  • Agresión Escolar. Toda acción realizada por una o varias personas que conforman la comunidad educativa y que busca afectar negativamente a otras personas de la misma comunidad, de las cuales por lo menos una es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
  • Acoso sexual. De acuerdo con el código penal colombiano, artículo 210A, el acoso sexual es un delito y lo define como “el que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona”. Se puede complementar esta definición entendiendo el acoso sexual como situaciones en las que se observan agresiones de manera repetida y sistemática como mecanismo para socavar a otra persona mediante su objetivación. Esto puede relacionarse con la obtención de placer sexual sin el consentimiento de una de las partes implicadas. El acoso sexual incluye, entre otros, comentarios sexuales; opiniones sobre el cuerpo que son catalogados como agresivas en tanto no son solicitados o se dan entre personas que no se conocen o no tienen una relación de confianza (por ejemplo, piropos); comentarios que se refieren al cuerpo de una persona como objeto y suponen el poder de alguien sobre el cuerpo de la misma. El acoso sexual también consiste en gestos vulgares y la insistencia no consentida en tener encuentros privados o actividad sexual.
  • Actividad sexual. Conjunto de procesos individuales o interpersonales que tienen como fin la excitación o la satisfacción del deseo sexual y que pueden culminar o no en el orgasmo. Estos procesos incluyen fantasías sexuales; masturbación; besos en la boca o en otras partes del cuerpo; caricias por encima de la ropa; caricias por debajo de la ropa; estimulación mutua de los genitales con las manos o la boca; simulación de la relación sexual con o sin la ropa puesta; penetración vaginal, o penetración anal (Vargas, 2013).
  • Actividad sexual penetrativa, acto sexual o relación sexual. Conducta sexual que implica contacto entre el pene, la vulva, el ano o la boca entre dos o más personas. También incluye actividades interpersonales que implican la introducción en el ano o la vagina de la mano, el dedo o cualquier otro objeto (Vargas & Barrera, 2003).
  • Acto sexual violento, en persona puesta en incapacidad de resistir o con menores de 14 años. El código penal colombiano no provee una definición de acto sexual en la forma en que el artículo 212 la brinda para el acceso carnal. Sin embargo, de su artículo 206 se puede deducir que acto sexual será todo aquel diferente al acceso carnal. La Ley penal colombiana consagra varios tipos de acto sexual: 1) El acto sexual violento (artículo 206): cuando se realiza a otra persona un acto sexual diferente al acceso carnal mediante violencia. “Por violencia (…) la Corte entendió esta como la fuerza, el constreñimiento, la presión física o psíquica – intimidación o amenaza- que el agente despliega sobre la víctima para hacer desaparecer o reducir sus posibilidades de oposición o resistencia a la agresión que ejecuta”. (Giraldo & Sierra, 2010); 2) El acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir (artículo 207): cuando se realiza con persona a la cual se haya puesto en incapacidad de resistir o en estado de inconsciencia, o en condiciones de inferioridad síquica que le impidan comprender la relación sexual o dar su consentimiento; 3) Actos sexuales con menor de 14 años (artículo 209): cuando se realizan actos sexuales, deferentes al acceso carnal, con persona menor de 14 años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales. En este delito resulta irrelevante que el menor de 14 años haya dado su consentimiento; 4) Actos sexuales con incapaz de resistir (artículo 210): cuando se realiza a una persona en estado de inconsciencia, que padezca trastorno mental o que esté en incapacidad de resistir.
  • Agresión electrónica. Toda acción que busque afectar negativamente a otras personas a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre Guía Pedagógica para la Convivencia Escolar 49 otras personas por medio de redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube, entre otros) y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos; tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
  • Agresión esporádica. Cualquier tipo de agresión que ocurre solo una vez, es decir, que no hace parte de un patrón de agresiones repetidas contra una misma persona. Este concepto incluye eventos aislados de agresión física, verbal o relacional. No incluye agresiones electrónicas que se realizan en redes sociales virtuales, dado que estas, al divulgarse, se convierten en ofensas repetidas. Por ejemplo, subir una foto íntima a una red social en Internet no puede considerarse agresión esporádica a pesar de que la foto solamente se subió una vez, pues dicha foto puede ser compartida y reenviada innumerables ocasiones. En cambio, un mensaje de texto ofensivo sí puede considerarse agresión esporádica si no hace parte de un patrón de agresiones y es enviado solamente a la persona agredida.
  • Agresión física. Toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
  • Agresión gestual. Toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otras personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
  • Agresión relacional. Toda acción que busque afectar negativamente las relaciones de las personas. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otras (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Estos comportamientos pueden también tener un contenido sexual si la agresión relacional está relacionada con la discriminación por el sexo de las personas, su orientación sexual, su identidad de género, sus relaciones de pareja o sus comportamientos sexuales.
  • Agresión verbal. Toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otras personas. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
  • Ciberacoso escolar (acoso electrónico o Cyberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Incluye agresiones electrónicas que pueden haberse realizado una sola vez, pero que se convierten en situaciones de agresión repetida al quedar en espacios virtuales a los cuales muchas personas pueden acceder.
  • Clima de aula. Se refiere al contexto o ambiente de trabajo que se crea en un aula de clase, y en cada una de las asignaturas que en ella se desarrolla. Se define a partir de la interacción entre las características físicas del sitio donde se imparte la clase, las características de estudiantes y docentes, la misma asignatura, las estrategias pedagógicas y didácticas utilizadas, e incluso las particularidades del EE y la calidad de las relaciones entre estudiantes, y entre docentes y estudiantes en el aula (Somersalo, Solantaus & Almqvist, 2002). Hay por lo menos dos dimensiones fundamentales para un clima del aula favorable a la convivencia: 1) el cuidado en las relaciones y 2) la estructura de la clase. El cuidado en las relaciones se refiere a la preocupación mutua por el bienestar de otras personas, la comunicación, la calidez y el afecto en las relaciones, la cohesión del grupo, el manejo constructivo de conflictos, el tomar realmente en serio a otra persona y el apoyo a quien lo necesite. La estructura de la clase se refiere al establecimiento de normas y su aplicación consistente, al orden en la clase y al seguimiento de instrucciones (Chaux, 2012). Las dos dimensiones son importantes para el desarrollo y puesta en práctica de competencias ciudadanas.
  • Clima institucional. Es un término global que abarca distintos aspectos de la calidad de las relaciones en la comunidad educativa (Chaux, 2012). El clima institucional se refiere a las relaciones entre docentes, estudiantes, directivas, docentes con funciones de orientación, personal de apoyo, familias y personal administrativo. Incluye aspectos tan diversos como el sentido de pertenencia, la satisfacción laboral, la conexión percibida entre las personas que conforman la comunidad educativa, el apoyo con el que perciben que pueden contar o la percepción sobre qué tanto las opiniones son tenidas en cuenta (Chaux, 2012; LaRusso, Jones, Brown & Abder, 2009; Orpinas & Home, 2006). En tal sentido, este representa la particularidad de cada uno de los EE, ya que en él influyen variables como su estructura organizacional, el liderazgo de sus directivas, su tamaño, las características de cada una de las personas que conforman la comunidad educativa, y el contexto en el que está ubicado. Se ve influenciado por el clima de aula. Un clima institucional democrático permite que todas las personas que conforman la comunidad educativa sientan que pueden involucrarse en los proyectos y decisiones importantes que afectan a la escuela (Chaux, 2012). Este tipo de climas institucionales hacen posibles climas democráticos en las aulas.
  • Coerción Sexual. Es el uso del poder o la fuerza para obligar a alguien a participar, de cualquier forma, en actividades sexuales.
  • Competencias ciudadanas. Competencias básicas que se definen como el conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articuladas entre sí, hacen posible que los ciudadanos y ciudadanas actúen de manera constructiva en una sociedad democrática (Ley 1620 de 2013, artículo 2). Son todas aquellas capacidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, integradas con conocimientos y actitudes, permiten que las personas se relacionen pacíficamente, y participen constructiva y democráticamente en una sociedad. Algunos ejemplos son la empatía, la toma de perspectiva, el pensamiento crítico, la escucha activa y la consideración de consecuencias. Existen diversas propuestas prácticas sobre cómo promover el desarrollo de las competencias ciudadanas (Chaux, 2012; Chaux, Lleras & Velásquez, 2004; Ruiz-Silva & Chaux, 2005). Una de ellas son los pactos de aula los cuales, al utilizarse como una estrategia para desarrollar competencias ciudadanas, adquiere un sentido pedagógico que va más allá del acuerdo entre estudiantes y docentes para construir normas y regular las relaciones interpersonales y de conocimiento que se producen al interior del aula. Implica el intercambio de conocimientos, la negociación de saberes y la transacción de las compresiones, las concepciones y los ideales de cada persona o colectivo sobre la vida (Soler, 2011).
  • Comportamiento sistemático. Son acciones que se presentan con frecuencia. También se refiere a toda acción que se ha realizado repetidamente de manera similar y con las mismas personas involucradas (por ejemplo, agresiones que recaen siempre sobre la misma persona agredida o agresiones que suelen presentarse con frecuencia).
  • Situación que se caracteriza porque hay una incompatibilidad real o percibida entre los intereses de una o varias personas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39). Esta incompatibilidad puede manifestarse mediante conversaciones, diálogos, discusiones, altercados, enfrentamientos o incluso riñas. Aunque los conflictos pueden escalar hasta generar situaciones de acoso escolar, es importante diferenciarlos, pues las situaciones de acoso escolar se caracterizan por la presencia de agresiones, que se dan de manera recurrente por parte de quienes tienen más poder sobre quienes tienen menos. Teniendo en cuenta que los conflictos son situaciones comunes y propias de una sociedad plural y democrática en la que todas las personas pueden pensar, creer y sentir diferente, lo importante no es eliminarlos o mitigarlos, sino manifestarlos de una forma constructiva, sin agresión. Existen tres formas para manejarlos: Constructivamente: por medio del diálogo, la negociación o mecanismos alternativos como la mediación. Pasivamente: cediendo ante las exigencias de la otra parte o evadiéndose mutuamente. Inadecuadamente: usando la fuerza o la agresión para imponer los intereses.
  • Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más personas de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos una es estudiante, siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de 2013, artículo 39).
  • Consentimiento para actividades sexuales. Palabras o acciones explícitas por parte de personas legalmente o funcionalmente competentes para decidir libremente si participan o no en la actividad sexual (Chaux et al., 2013). El consentimiento expresa que la persona acepta participar en la actividad sexual de manera voluntaria, sin presiones de ninguna índole y teniendo pleno conocimiento de las consecuencias de sus decisiones y acciones. En Colombia, se ha definido que la persona está en capacidad de dar consentimiento para participar en actividades sexuales a partir de los 14 años, salvo aquellos casos consagrados en el parágrafo del artículo 217A de la Ley 599 de 2000, relacionada con la no producción de efectos en el ámbito penal del consentimiento de los menores de 18 años. En esta marco de referencia, la capacidad para consentir se ve limitada cuando la persona es menor de 14 años; cuando se presenta alguna condición de discapacidad cognitiva para comprender lo que está pasando; se encuentra bajo los efectos del alcohol u otra sustancia psicoactiva, bien porque el perpetrador generó dicha situación de indefensión o porque la víctima se puso en ella por su propia cuenta, y cuando por cualquier motivo se encuentra en incapacidad de decidir autónomamente. De igual forma, y de acuerdo con el artículo 217A de la Ley 599 de 2000, en la explotación sexual comercial de personas menores de 18 años de edad, el consentimiento de la víctima no es causal de exoneración de la responsabilidad penal. La incapacidad para rehusarse o para expresar el desacuerdo con la actividad sexual se ve restringida o limitada cuando el victimario o perpetrador usa armas o recurre a la violencia física, las amenazas, la coerción, la intimidación, la presión o el abuso del poder, cuando la víctima está bajo el efecto de sustancias psicoactivas, o tiene una discapacidad física, sensorial o cognitiva que le impide resistir la actividad sexual impuesta (Chaux et al., 2013). El consentimiento informado se ve limitado cuando existe asimetría de poder en la relación. La asimetría en las relaciones es uno de los criterios para tener en cuenta en el manejo de comportamientos con contenido sexual.
  • Convivencia pacífica. Es la coexistencia con otras personas en un espacio común, de forma armónica y a pesar de las diferencias culturales, sociales, políticas, económicas, u otras que se presenten. Hablar de diferencias pone al conflicto como elemento esencial y natural en las relaciones humanas. En ese sentido, el conflicto dinamiza las relaciones entre las personas, posibilita los cambios sociales y es un elemento que, manejado adecuadamente, es fundamental para la estabilidad de la sociedad (Ruiz-Silva & Chaux, 2005).
  • Corresponsabilidad. Es la responsabilidad que comparten dos o más personas frente a las condiciones en las cuales se desarrolla una situación en particular. Implica el reconocimiento de obligaciones compartidas por diferentes personas frente a la convivencia, la promoción y protección de los derechos propios y ajenos, tanto en el mantenimiento de las condiciones deseadas en pro del bienestar, como en la generación de condiciones adversas y los efectos que esto genera en la calidad de vida de las personas.
  • Daño de pertenencias escolares. Toda acción, realizada por una o varias personas de la comunidad educativa, que busque dañar las pertenencias de otra persona en el EE.

Guía N° 49  para la convivencia escolar MinEducacion.

  • Marco legal.

 

Nuestro manual de convivencia se fundamenta en la constitución nacional, norma de normas: La dignidad de la persona, de los derechos individuales (Artículo 94 C.P), la prohibición explícita de sometimiento a cualquier tipo de trato inhumano o degradante (Artículo 12 C.P), el derecho a la educación en pleno desarrollo de la personalidad humana (Artículo 67 C.P), los derechos de libertad, garantía de los derechos y su prevención (Ley 1098 del 2006), las garantías formales de tipo procesal (Artículo 29 C.P) y, muy especialmente el sentido rehabilitador y reeducador de la sanción.

Ámbito en el que se ejecutan los derechos y los deberes.

El ejercicio de los derechos y los deberes de los estudiantes se realizara en el ámbito de los fines que a la actividad educativa atribuye el (Artículo 5 de la Ley 115 de 1994), deberes de la persona y el ciudadano (Artículo 95 C.P), recibir de la educación de calidad (Artículo 42, ley 1098 de 2006).

Ser evaluado correctamente como también promovido Artículo 12 del Decreto 1290 de 2009. Al debido proceso los niños, las niñas y los adolescentes, tendrán derecho  a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta (Artículo 26 de la ley 1098 de 2006), responsabilidad docente (Artículos 20, 21, ley 1620 de 2013), rutas de atención (Decreto 1965 de 2013), protocolos de atención según (Decreto 1965 de 2013 Artículos 42, 43, 44), clasificación de situaciones (Decreto 1965 de 2013), situaciones de tipo I, tipo II y tipo III; en caso de adicciones (Decreto 1108 de 1994), deberes de los padres de familia código de infancia (Ley 1098 de 2006 articulo 39), (Ley 1620, articulo 22) sistema nacional de convivencia escolar (Ley 1620 de 2013), reglamentación sistema nacional de convivencia escolar (Decreto 1965 de 2013) definiciones (artículo 39 decreto 1965 de 2013), código de la infancia y la adolescencia (Ley 1098 de 2006).

  1. HORIZONTE INSTITUCIONAL.

2.1. Visión.

La institución educativa Jorge Eliecer Gaitán Ayala, inspirada en los valores espirituales, en el respeto a la diferencia, a la dignidad del ser humano y al medio ambiente. Aspira a ser reconocida  para el año 2025 por su excelencia educativa, con un currículo pertinente para el ingreso al mundo laboral y educación superior de sus estudiantes, con perfil de alta calidad académica, ética y humana.

2.2. Misión.

La institución educativa Jorge Eliecer Gaitán Ayala del municipio de Bello es una institución educativa de carácter oficial que presta sus  servicios educativos a la niñez, juventud y adultos  con una filosofía humanista, centrada en valores en un ambiente de pluralismo ideológico, que brinda formación académica, científica, investigativa, técnica, para la educación superior y la inclusión al mundo laboral.

 

 

2.3. Filosofía.

 

En nuestra concepción antropológica reconocemos las características de la persona humana en su ser autentico e irrepetible, original y creativo, que constituyen el futuro y el plan de vida, personas proactivas, criticas, amantes de la intelectualidad y lo científico, lo técnico y ante todo de la vida en todas sus manifestaciones y lo ecológico.

2.4. Principios institucionales.

Amor y respeto por la vida, humanismo e inclusión de la nueva diversidad e igualdad, equidad y prevalencia del día común.

Actitud proactiva y productiva para la inclusión al mundo laboral de nuestros egresados, gran interés por la ciencia y la intelectualidad como camino a la educación superior.

3.0. PERFILES DE LOS ACTORES.

3.1. Perfil del estudiante.

  • Inteligente con visión futurista, proactivo y actor de su propio éxito.
  • Excelente trato con sus compañeros y todos los miembros de la comunidad.
  • Es gestor de su propio aprendizaje.
  • Construye Nuevos conocimientos.
  • Conserva y práctica valores espirituales, cívicos éticos y morales.
  • Valora el trabajo intelectual, social y productivo como medio de desarrollo humano.
  • Domina su idioma originario y se interesa por aprender otros idiomas.
  • Desarrolla capacidades y actitudes para el trabajo socialmente productivo.
  • Valora y respeta la vida en todas sus manifestaciones.
  • Realiza proyectos sociales y productivos basados en los principios de la sustentabilidad.
  • Reconoce y valora las diferencias, la diversidad, la relación comunicativa horizontal de dialogo permanente para el bienestar común.

3.2. Perfil del docente.

  • Actualizado en la epistemología de su área.
  • Con visión proactivo altamente capacitado y actualizado en sus saberes.
  • Contextualiza los estándares y competencias básicas de su área en la cultura institucional.
  • Excelente trato con sus compañeros y todos los miembros de la comunidad.
  • Innovador en su didáctica e investigador para la calidad educativa.
  • Valora y fortalece la individualidad.
  • Proveedor de herramientas para el aprendizaje.
  • Realiza una planificación flexible de los contenidos.
  • Previsor en el desarrollo de aprendizaje individual de cada uno.
  • Reflexivo, dinámico, creativo, democrático, organizado y con iniciativa.
  • Valora y fortalece la individualidad.
  • Vincula los contenidos curriculares a los intereses y experiencias de vida del alumno.
  • Mediador en el proceso de enseñanza y aprendizaje.
  • Muestra su idoneidad basada en principios y valores morales.
  • Facilitador del proceso de aprendizaje.
  • Dispuesto al trabajo en equipo.

3.3. Perfil padres de familia.

  • Adquirir y fortalecer los valores de amor, tolerancia y compresión para guiar a sus hijos por las sendas Espirituales, intelectuales, sociales, éticas y ecológicas favoreciendo una formación integral, realista y trascendente.
  • Conocer y entender a cada uno de sus hijos, teniendo en cuanta las diferencias individuales para corregirlos y orientarlos según sus fortalezas, debilidades y necesidades.
  • Incorporar una disciplina con amor en donde se maneje exigencia y flexibilidad de acuerdo al desarrollo y capacidad de sus hijos.
  • Facilitando el diálogo para tener una adecuada comunicación entre la familia y el colegio. Sin realizar desautorizaciones en presencia de sus hijos.
  • Que escuche y apoye las sugerencias dadas por el Rector, Coordinadores, docentes y demás empleados de la institución en pro de mejorar procesos integrales en sus hijos.
  • Que utilice la sugerencia más no la crítica, para construir y hacer crecer a las personas y a la institución. Ser modelo de comportamientos asertivos para vivir en tranquilidad con la comunidad.
  • Educar siempre con el “Buen Ejemplo” a sus hijos demostrando y vivenciando todos los valores que un padre de familia tiene.

3.4. Perfil directivos docentes, personal administrativo y de servicios generales.

La gestión de la convivencia depende  fundamentalmente del perfil de los docentes que conforman el equipo de formación, quienes deben destacar, entre otras cosas, por su calidad humana, enfoque democrático en la construcción de las normas, total disponibilidad para acompañar a los estudiantes, real y efectiva preocupación por establecer relaciones con los estudiantes fundadas en el respeto, compresión, gran capacidad de escucha y verdadera vocación de servicio a la educación:

  • Personas abiertas con los educandos, padres de familia, estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.
  • Profesionales de la educación con la idoneidad para el cargo. Responsables de sus funciones, comprometidos con la institución educativa.
  • Líderes que promuevan e impulsen todo tipo de política y proyectos para el mejoramiento de la calidad educativa con una visión futurista desarrollada a través del  proyecto educativo institucional.
  • Que a través de la vía del consejo y la conciliación busquen solución a los conflictos, fomentando los valores del respeto, tolerancia y cooperación entre los miembros de la comunidad educativa.
  • Personas con capacidad de trabajar en equipo.
  • Personas que asuman sus funciones como un verdadero servicio a la comunidad.
  • Que Demuestren compromiso permanente para hacer posible la misión Institucional.
  • Que Manifiesten interés por la cualificación permanente.
  • Que asuman los valores Institucionales como elementos básicos para su crecimiento personal y comunitario.
  • Que Participan en los diferentes espacios generados por la Institución a partir de la Integración y trabajo en equipo.
  • Que cumplan sus funciones con verdadero profesionalismo.
  • Que reconozcan el Proyecto Educativo Institucional como una verdadera carta de navegación aportando de forma permanente para su dinamización.
  1. DERECHOS Y DEBERES

4.1. Derechos y Deberes de los Estudiantes

DERECHOS

  1. De ser admitido en la institución, si llena los requisitos legales sin tener en cuenta raza, color, opinión política, religiosa, origen social y situación económica.
  2. A tener docentes idóneos, responsables y comprometidos con su oficio.
  3. A no ser sometidos a tratos crueles e inhumanos o degradantes.
  4. Recibir una formación académica fundamentada en los principios de la institución educativa y los programas vigentes del Ministerio de Educación Nacional, la Secretaria de Educación y Cultura de Bello.
  5. Recibir una formación integral en valores, afectividad, ética, académica, física y religiosa, con la dimensión del bien común.
  6. A recibir sólida formación integral, propiciando el cultivo del honor y de los valores humanos y sociales.
  7. Que se le respete su dignidad, identidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas, sin que el proselitismo perjudique al bien común.
  8. Ser admitido en la Institución si llena los requisitos legales, sin que para su admisión se tenga en cuenta: raza, color, opinión política, religiosa, origen social y situación económica.
  9. A ser tratado y respetado como persona, por profesores, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa.
  10. Ser protegido contra toda forma de abandono, violencia, descuido o trato negligente, abuso y/o acosos sexual o explotación.
  11. A tener carnet que lo identifique como estudiante de la Institución.
  12. Recibir una educación actualizada que oriente el proceso formativo en lo moral, social, cívico e intelectual.
  13. Participar en la elaboración y aprobación del Manual de Convivencia.
  14. Participar activamente con aportes que considere necesario para la buena marcha de la Institución.
  15. Opinar sobre los problemas, enunciando críticas positivas, siguiendo los canales regulares de comunicación.  Manifestar sus reclamos en forma cortés, justa y corrigiendo sus equivocaciones.
  16. Conocer el proceso que hace la Institución en el orden académico, disciplinario y en el desarrollo de la personalidad.
  17. A que se evalúe y se le dé informes sobre el rendimiento académico en forma oportuna y antes de ser consignados en el boletín de calificaciones o planillas.
  18. A gozar en la Institución de un ambiente sano, agradable, estético y descontaminado.
  19. Hacer uso adecuado de los materiales, dependencias y espacios públicos de la Institución.
  20. A tener recreación adecuada y planeada.
  21. A tener profesores idóneos, responsables y comprometidos con su oficio.
  22. Recibir una capacitación adecuada en servicio, orientación, puntualidad, preparación de clases, actividades y evaluación de procesos.
  23. Diferenciar lo académico y lo disciplinario, fijando pautas claras de trabajo, en aras de la justicia y la equidad.
  24. Recibir en todo momento trato digno como ser humano.
  25. Ser tratado, respetado y estimulado por las directivas, profesores, compañeros y demás personal al servicio de la Institución como un ser bio-psicosocial.
  26. A ser respetado en su intimidad y a que la información personal que sobre él tenga la Institución, se maneje con sujeción al secreto profesional.
  27. Ser orientado en la construcción de su autonomía tanto intelectual como moral y a ser respetado en el ejercicio de la misma.
  28. A que se le respeten sus bienes y pertenencias.
  29. Ser informado oportunamente sobre horarios, actividades escolares y extracurriculares.
  30. A iniciar las clases según el horario de la Institución y tener los descansos pedagógicos.
  31. A una programación dosificada de trabajo, talleres, actividades y evaluaciones por parte de los docentes, según el cronograma de la Institución.
  32. Tener en cuenta las excusas justificadas por retardos o ausencias, firmadas por los padres o acudientes, presentadas al momento del regreso del estudiante cuando se cumpla la incapacidad y autorizadas por el coordinador y se fijen plazos prudentes para cumplir lo que tenga pendiente en consonancia con las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional.
  33. A que se le practiquen las evaluaciones realizadas durante su ausencia en la Institución por causa disciplinaria o causa justificada.
  34. Tener posibilidades para el cumplimiento de las responsabilidades ordinarias, cuando las condiciones físicas y/o psíquicas del estudiante, así lo requiera.
  35. Ser estimulado cuando se haga merecedor a ello.
  36. Inscribirse en actividades complementarias, tendientes a coadyuvar en el crecimiento personal y la proyección de la comunidad.
  37. Representar a la Institución Educativa en actividades deportivas, culturales y científicas de acuerdo con sus intereses y aptitudes.
  38. Tienen derecho a disponer de una planta física adecuada y limpia para recibir clase.
  39. Usar con responsabilidad las instalaciones locativas apropiadas para cada actividad, usar o emplear bienes y servicios de la institución para actividades propias de la vida escolar.
  40. A conocer a tiempo las observaciones sobre la falta cometida.
  41. Ser escuchado en sus consultas académicas y disciplinarias.
  42. A que los reclamos hechos con cultura y justicia sean escuchados y solucionados a tiempos y con imparcialidad.
  43. A ser eximido de faltas de asistencia cuando representen a la Institución en cualquier evento.
  44. Presentar las descargas correspondientes ante una acusación, a interponer recursos y ser escuchados, a que se le respete el derecho de defensa y el debido proceso en todas las acusaciones que se hagan en su contra.
  45. Reclamar lo que justamente le pertenece y merece según las disposiciones legales vigentes, siempre y cuando lo haga dentro del respeto y el diálogo.
  46. Asociarse para reclamar y buscar soluciones en beneficio propio y de la Institución.
  47. Tener otra alternativa de evaluación de acuerdo con sus limitaciones físicas o mentales.
  48. Solicitar permiso para faltar a la institución o ausentarse de ella con causa justa y autorizada por el padre de familia o persona responsable.
  49. Elegir y ser elegido como miembro del Consejo Directivo de la Institución.
  50. A estar informado de los asuntos educativos, de los planes y programas a realizarse según la Constitución y las normas vigentes.
  51. Conocer los objetivos, el plan de trabajo y las formas de evaluación que el educador realizará durante el año lectivo.
  52. A estar informados sobre la forma, tiempo y lugar en que va a ser evaluado.
  53. Ser evaluado correctamente conforme a las disposiciones legales.
  54. A beneficiarse de los servicios de bienestar estudiantil y hacer parte activa del servicio, el cual debe ir en beneficio del estudiantado, con carácter social.
  55. Ser llamado por su nombre en forma digna y respetuosa.
  56. A no ser expulsado de la Institución sin que medie un fundamento en una causa previamente establecida en este Manual de Convivencia y con previo conocimiento del padre de familia. (Debido proceso).
  57. A que se le dé la oportunidad de un diálogo sincero, abierto y respetuoso, en la búsqueda de la verdad y el bien común.

DEBERES

  1. Cumple correctamente el Artículo 2 de la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 sobre Acoso escolar, bulling y matoneo.
  2. Conoce y acata el presente Manual de Convivencia, tendiendo hacia una autodisciplina, de manera que el comportamiento no dependa de mecanismos represivos sino de las convicciones personales.
  3. Defiende y difunde el presente Manual de Convivencia, asumiendo que a mayor edad y permanencia en la institución; mayor es la exigencia sobre la autodisciplina que la persona debe haber desarrollado.
  4. Cumple las normas establecidas en este Manual de Convivencia.
  5. Conoce y respeta la historia, la filosofía, el Proyecto Educativo Institucional y los emblemas representativos de la Institución Educativa: los símbolos patrios, nuestros valores culturales, nacionales y étnicos.
  6. Respeta los símbolos patrios e institucionales.
  7. Respeta y enaltece el buen nombre del establecimiento, para proyectar en todo momento una buena imagen.
  8. Respeta y apoya a todos los integrantes de los diferentes estamentos de la comunidad educativa
  9. Es sincero consigo mismo y con los demás.
  10. Formula con respeto, prudencia y serenidad ante los profesores y directivas, los reclamos que fuese necesario hacer.
  11. Acepta y respeta a sus compañeros, al personal administrativo, docente y de servicios generales que laboran en la Institución.
  12. Conserva siempre una presentación personal basada en la naturalidad, limpieza, orden y aseo.
  13. Se presenta puntual y correctamente a las clases y demás actividades de la Institución.
  14. Cuida de las instalaciones, muebles y enseres de la Institución, conservándolo en perfecto estado y haciendo notar su falta a quienes maltratan los bienes de la Institución
  15. Se sugiere no portar ningún tipo de armas dentro de la Institución.
  16. Se sugiere el no consumo, ni porte, ni tráfico con drogas alucinógenas o estimulantes dentro de la Institución.
  17. No fumo dentro de la Institución Educativa.
  18. No porto, no muestro, no distribuyo revistas, libros, películas, láminas pornográficas, ni material de contenido satánico y/o subliminal.
  19. Porto permanentemente el carnet de la Institución Educativa y lo presento para entrar a la Institución y cuando me lo soliciten.
  20. Representar decorosamente a la Institución en los diferentes eventos culturales, cívicos, deportivos y académicos.
  21. Respondo y participo en las actividades que la Institución programe, con el fin de garantizar una formación integral y una mayor participación y proyección comunitaria.
  22. Estoy provisto de los materiales de estudio indispensables para el desarrollo de mis actividades académicas.
  23. Fomento la capacidad de escucha para que en el aula se respire un ambiente tranquilo que favorezca el desarrollo del proceso enseñanza–aprendizaje. Me concentro en las actividades académicas, participo en las clases, respeto y promuevo la participación de los demás.
  24. Aceptar de buen agrado y con sentido de colaboración las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina, representante de grupo o cualquier otra actividad propia del gobierno escolar.
  25. Solicitar ante quien corresponda los permisos estrictamente necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir a la institución.
  26. Aceptar y valorar las costumbres, tradiciones y leyes de la familia, de la institución educativa, del sector, de la localidad, de la región o no asistir al plantel.
  27. Protejo el medio ambiente, respeto y uso adecuadamente los bienes de servicio de la comunidad en general.
  28. Cuido la planta física, zonas verdes, muebles y enseres de la Institución, útiles de estudio, bienes de mis compañeros y demás personas del establecimiento. En caso de daño o perjuicio al deber anteriormente mencionado, mi acudiente o padre de familia debe responder reponiendo el daño causado.
  29. Participo con el aseo y la buena presentación de la planta física acompañado de un buen gusto estético.
  30. Evitar letreros y dibujos que, dentro del establecimiento, denigren u ofendan a cualquier persona o a la institución y que además lleven al deterioro de las instalaciones.
  31. Presentar las evaluaciones y trabajos asignados, sin recurrir al fraude por ningún motivo.
  32. Llego puntualmente a la Institución Educativa, a las clases y a los actos comunitarios, según el horario establecido.
  33. Permanezco en las aulas de clase, aún en ausencia del profesor.
  34. Presento los trabajos y las evaluaciones en forma seria y responsable.
  35. Participo activamente en las programaciones planeadas especialmente durante las clases y espero en orden y disciplina al profesor dentro del aula.
  36. Asisto a la Institución puntualmente con el uniforme completo acorde con lo estipulado en el presente Manual de Convivencia.
  37. Asisto con regularidad a los actos pedagógicos de las distintas áreas; además cumplo con mis tareas y trabajos de consulta.
  38. Soluciono los problemas o dificultades disciplinarias o académicas siguiendo los conductos regulares definidos en el Manual de Convivencia.
  39. Abstenerse de usar el nombre de la institución educativa para cualquier actividad social o cultural no autorizada por ella.
  40. Me presento a diligenciar el proceso de matrícula en las fechas señaladas por la Institución Educativa, acompañado de mis padres.
  41. Cumplo los diferentes convenios realizados con mis compañeros, profesores y padres de familia (contrato pedagógico).
  42. Llevo oportunamente a los Padres de Familia la información que envía la Institución Educativa, a través de circulares y/o boletines.
  43. Me presento con el acudiente legal cuando la Institución requiera.
  44. Devolver oportunamente los materiales facilitados para su servicio por la institución educativa, del bibliobanco o de la biblioteca.
  45. Los celulares y los mp3 sólo podrán ser usados durante los descansos.
  46. Permanezco durante los descansos en los sitios asignados para tal fin y evito comprar fuera de la Institución.
  47. Respeto los bienes de los demás; entregaré al coordinador los objetos extraviados por seguridad evito traer objetos de valor, dinero en cantidad y elementos distractores como: audífonos, radios, celulares, entre otros, ya que la institución no se hace responsable.
  48. Responder por los daños que ocasione a los bienes de la institución, de sus compañeros o de cualquier funcionario de la institución.
  49. Me abstengo de lanzar apodos o chistes que vayan en contra de la dignidad humana (moral o física de las personas).
  50. Utilizar en forma adecuada la sala de informática, absteniéndose de bajar páginas pornográficas y otras informaciones que no contribuyan a la buena educación.
  51. No traigo ventas u otros artículos con ánimo de lucro personal.
  52. Doy a cuantos me rodean un trato digno, llamando a las personas por su nombre, evitando apodos, insultos, ofensas y amenazas. Cuido que el vocabulario utilizado sea cortés evitando los términos soeces.
  53. Me abstengo contra mí mismo y/o contra los demás miembros de la comunidad educativa de toda forma de violencia, descuido, trato negligente, abuso y/o acoso sexual.
  54. Evito ser protagonista de escándalos y peleas dentro y fuera de la Institución.
  55. Estoy dispuesto al diálogo con el ánimo de fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos.
  56. No tomo, ni uso los objetos ajenos sin autorización de su dueño.
  57. No utilizar vestuarios diferentes al de los uniformes para presentaciones, actuaciones, grados, ceremonias, entre otros, sin la debida autorización.
  58. Abstenerse de utilizar huevos, harinas y otros, en los festejos y cumpleaños afectando la integridad física de compañeros, vecinos y transeúntes, así como la buena imagen de la institución educativa.
  59. Presento oportunamente por escrito la excusa firmada por mi acudiente, cuando deje de asistir a clase con causa justificada.
  60. Llevo adecuadamente los uniformes a diario y en los actos que lo exijan. Porto el uniforme de educación física en los días que corresponda, responsabilizándome por los implementos utilizados durante dichas clases y en todas las actividades culturales y deportivas.
  61. Se sugiere el no uso de alhajas, aretes largos ni estrafalarios, prendedores, pulseras, moños y hebillas grandes, piercing, tatuajes o cualquier otro accesorio impuesto por la moda. Los moños y las hebillas deben de ser del color del uniforme o muy similares, también se sugiere que el uso de maquillaje, peinados extravagantes, cabello tinturado y esmaltes de colores llamativos.
  62. Hago uso de la tienda escolar en los horarios autorizados, dando un buen trato a los empleados y encargados, organizándome en filas, respetando el turno y utilizando las canecas para arrojar las basuras.
  63. Soy solidario de manera especial ante las calamidades, dificultades o accidentes que puedan presentarse dentro y/o fuera de la Institución Educativa.
  64. Me abstengo de ingresar sin autorización a la sala de profesores (departamentos), secretaría, coordinaciones, laboratorios, sala de proyecciones, entre otras.
  65. Utilizo los servicios de biblioteca, fotocopia, teléfono y papelería dentro de los horarios establecidos y cumpliré con las normas fijadas para ello.
  66. Informo sobre situaciones irregulares de la cual sea víctima a nivel personal o institucional para buscar los correctivos necesarios.
  67. La base fundamental del que hacer educativo es la academia, por tal razón, es obligación de los estudiantes responder por las tareas y lecciones. Por lo tanto, los estudiantes cuyo rendimiento académico sea bajo, serán llamados con el acudiente para hacerles un seguimiento académico especial; si la falta persiste se le pide al padre de familia que le busque otra institución donde éste se acomode y mejore su rendimiento.
  68. Adquiero, conozco, acato y difundo el presente reglamento.

4.2. Derechos y Deberes de los Docentes.

DERECHOS.

  1.  Ser considerado y respetado en su dignidad por parte de todos los miembros de    la comunidad educativa.
  2. Ser atendido oportunamente y siguiendo el conducto regular por directivos y personal administrativo.
  3. Recibir información oportuna de las actividades a realizar, ya sea verbalmente o por escrito.
  4. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI Institucional.
  5. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral.
  6. Participar en la conformación de comités y elaboración de proyectos especiales de acuerdo a su área, inquietudes e intereses.
  7. Recibir oportunamente la asignación de la carga académica y horario de actividades.
  8. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta las normas vigentes.
  9. Ser escuchado, siguiendo el debido proceso, hacer los descargos correspondientes.
  10. Recibir información y asesoría individual para mejorar su labor pedagógica.
  11. Ser evaluado con equidad, justicia y objetividad, según disposiciones vigentes.
  12. Participar en programas de crecimiento personal.
  13. Ser elegido para representar a la Institución en actividades como congresos, seminarios, simposios y talleres.
  14. Recibir información necesaria por parte de la Institución Educativa o padres de familia para contribuir a enriquecer su acción educativa.
  15. Ser escuchado y atendido oportunamente.
  16. Capacitarse y mejorar su perfil profesional.
  17. Conocer toda la normativa de la Institución Educativa.
  18. Conocer el control de tiempo laborado oportunamente antes de ser enviado a la Secretaría de Educación.
  19. Conocer la relación de horas extras en caso de que las halla antes de ser enviadas a la Secretaría de Educación.

DEBERES.

  1. Ser modelo constante en todo su actuar y respetar la personalidad de sus estudiantes, evitando cualquier comportamiento que pueda afectar su autoestima.
  2. Participar en la elaboración del P.E.I. y programación del área respectiva.
  3. Establecer y cumplir un horario de atención a padres de familia y estudiantes.
  4. Mantener la disciplina, el orden y la urbanidad en todos los ámbitos de la Institución.
  5. Mantener actualizado y al día los planes anuales, programaciones, examenes, recuperaciones, talleres, planillas de calificaciones de indicadores y todas las actividades relacionadas con el mejor desarrollo académico.
  6. Asesorar, dirigir y orientar a los estudiantes en las tareas durante el tiempo previsto para ello y/o trabajos de dirección de grupo, con responsabilidad y disciplina.
  7. Cumplir los horarios y procedimientos establecidos e informarlos oportunamente para el desarrollo de las actividades académicas y administrativas.
  8. Acompañar a los estudiantes en las actividades de recuperación académica y mejoramiento disciplinario.
  9. Participar activamente en las actividades curriculares y extracurriculares, comités y jornadas pedagógicas, reuniones y talleres de padres.
  10. Promover y ser ejemplo del cuidado con la instalación física y los elementos puestos al servicio de la comunidad.
  11. Cumplir con las normas legales vigentes.
  12. Establecer una comunicación clara y acertada con padres de familia y estudiantes.
  13. Comprometerse con sus estudiantes en su formación integral.
  14. Respaldar las determinaciones institucionales.
  15. Solicitar con anticipación los permisos para ausentarse de la Institución Educativa, siguiendo el conducto regular para estos casos.
  16. Comprometerse con la ejecución adecuada de sus asignaciones académicas fundamentadas en el enfoque pedagógico, didáctico y su plan de estudios.
  17. Cumplir con los horarios, acompañamientos y reemplazos que le sean asignados.
  18. Evaluar objetiva, integral y justamente a los estudiantes.
  19. Acompañar a los estudiantes en todas las actividades programadas por la Institución Educativa con sentido de pertenencia.
  20. Contribuir al aprovechamiento del tiempo libre de sus estudiantes.
  21. Responder por los materiales asignados a su cargo.
  22. Atender y notificar de inmediato infracciones al manual de Convivencia.
  23. Conocer y cumplir el manual de convivencia.
  24. Participar de las actividades complementarias que se organicen por parte de la Institución Educativa.
  25. Presentar a la coordinación académica, informe de rendimiento de los estudiantes a su cargo, al término de cada periodo evaluado.
  26. Tener presente en la labor diaria la formación en los valores básicos.
  27. Atender los reclamos, sugerencias, inquietudes y problemas de estudiantes, padres de familia y acudientes.
  28. Atender oportunamente los problemas académicos, disciplinarios, personales, buscando la asesoría necesaria para cada caso.
  29. Asistir a las actividades programadas por la Institución en horas fueras del horario (común) laboral. (Escuela de Docentes, talleres pedagógicos, Reuniones, etc.)
  30. Citar a los padres de familia cuando sea necesario y diligenciar el observador del estudiante.
  31. Revisar personal y atentamente agenda, tareas, trabajos y evaluaciones de los estudiantes.

4.3. Derechos y Deberes de los Padres de Familia.

DERECHOS.

  1. Matricular a sus hijos en la Institución Educativa de acuerdo con sus expectativas.
  2. Obtener información oportuna acerca del PEI y muy especialmente del Manual de Convivencia, acerca de la filosofía, proyecto educativo, objetivos, reglamentos y programas de la Institución Educativa.
  3. Velar por el comportamiento positivo de sus hijos en la institución.
  4. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de Padres, Consejo Directivo.
  5. Velar por la adecuada prestación del servicio educativo.
  6. Participar en la evaluación y en las decisiones que se tomen a nivel institucional.
  7. Ser atendidos por los integrantes de los diferentes estamentos de la Institución Educativa, en un diálogo que favorezca la orientación de los hijos y en horarios establecidos previamente.
  8. Ser informados sobre los procesos académicos y disciplinarios de sus hijos.
  9. Participar en las diferentes actividades organizadas por la Institución Educativa, con el fin de constituir una comunidad educativa.
  10. La Institución Educativa le responderá únicamente al Padre de Familia y/o Acudiente autorizado en cuanto a las inquietudes o dificultades que se presenten relacionadas con su hijo o apoderado.

DEBERES.

  1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
  2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.
  3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.
  4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo.
  5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.
  6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
  7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.
  8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley 1620 del 2013, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

4.4. Derechos y deberes de los coordinadores.

 

DERECHOS:

 

  1. Ser considerado y respetado en su dignidad por parte de todos los miembros de    la comunidad educativa.
  2. Ser atendido oportunamente y siguiendo el conducto regular por el rector y personal administrativo.
  3. Recibir información oportuna de las actividades a realizar, ya sea verbalmente o por escrito.
  4. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI Institucional.
  5. Ser informado oportunamente sobre su situación laboral.
  6. Solicitar permisos y licencias teniendo en cuenta las normas vigentes.
  7. Ser escuchado, siguiendo el debido proceso, hacer los descargos correspondientes.
  8. Recibir información y asesoría individual para mejorar su labor de coordinador.
  9. Ser evaluado con equidad, justicia y objetividad, según disposiciones vigentes.
  10. Participar en programas de crecimiento personal.
  11. Ser elegido para representar a la Institución en actividades como congresos, seminarios, simposios y talleres.
  12. Capacitarse y mejorar su perfil profesional.
  13. Conocer toda la normativa de la Institución Educativa.
  14. Conocer su jornada laboral.

DEBERES:

 

  1. Apoyar la gestión directiva y liderar los diferentes proyectos y programas institucionales contemplados en el PEI.
  2. Coordinar el trabajo de todos los docentes.
  3. Facilitar y orientar los procesos educativos que permitan el desarrollo académico y personal de los estudiantes.
  4. Ejercer estrecha relación con la dirección del plantel y las diferentes instancias colegiadas del gobierno escolar y de asesoría institucional.
  5. Orientar y coordinar el desarrollo curricular de cada una de las asignaturas que constituyen el currículo institucional.
  6. Orientar el desarrollo de cada una de las jornadas y estableciendo los controles en los descansos y actividades institucionales, plasmadas en el PEI.
  7. Apoyar en la orientación escolar las buenas prácticas de la convivencia institucional.
  1. FUNCIONES.

 

5.1. Funciones del Rector.

Además de las funciones consagradas en el artículo 10 de la Ley 715 de 2001 y otras normas legales y reglamentarias, los rectores cumplirán las siguientes funciones (Decreto 1075 de 2015, Artículo 2.3.3.1.5.8):

  1. Orientar la ejecución del proyecto institucional y aplicar las decisiones del
    1. Gobierno escolar.
  2. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
  3. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
  4. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los Patrocinadores o auspiciadores de la institución y con la comunidad local,                para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
  5. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
  6. Comunidad educativa.
  7. Orientar el proceso educativo que se presta en la institución de conformidad
  8. Con las orientaciones y decisiones del Consejo Académico.
  9. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la Ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
  10. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional.
  11. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
  12. Aplicar y hacer cumplir las disposiciones que se expidan por parte del Estado sobre la organización y prestación del servicio público educativo.
  13. las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le                              atribuya el proyecto educativo institucional”.
  14. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. (Ley 715 de 2001, Art 10 Numeral 10.10).

5.2. Funciones del consejo directivo. 

 

Las funciones del Consejo Directivo de los establecimientos educativos serán las siguientes (Decreto 1860 de 1994, Articulo 23):

  1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
  2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
  3. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
  4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
  5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
  6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.
  7. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que certifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
  8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
  9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
  10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
  11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
  12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la

realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas,                   sociales de la respectiva comunidad educativa.

  1. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras

Instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

  1. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de Estudiantes.
  2. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
  3. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos tales como derechos académicos, uso de libros del texto y similares, y darse su propio reglamento.

5.3. Funciones del consejo académico.

 

  1. Servir de órgano consultor al Consejo Directivo en la revisión de las propuestas del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
  2. Estudiar el currículo y propiciar su continúo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes necesarios para lograr la excelencia.
  3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
  4. Participar en la evaluación institucional anual.
  5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignarles funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
  6. Recibir y decidir los reclamos de los educandos sobre evaluación educativa.
  7. El Consejo Académico emitirá sus decisiones mediante acuerdos.  Constituye quórum para deliberar la mitad más uno.
  8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuyan el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

 

4.4. Funciones del orientador escolar.

 

Desarrollar una estrategia de orientación estudiantil en el marco del PEI del EE, que permita promover el mejoramiento continuo del ambiente escolar y contribuya a la formación de mejores seres humanos, comprometidos con el respeto por el otro y la convivencia pacífica dentro y fuera de la institución educativa.

Artículo 2.3.3.1.6.5 del Decreto 1075 de 2015:

 

  • La toma de decisiones personales;
  • La identificación de aptitudes e intereses;
  • La solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales
  • La participación en la vida académica social y comunitaria;
  • El desarrollo de valores.
  • Las demás relativas a la formación personal de que trata el artículo 92

de la Ley 115 de 1994”.

  1. Participa en la formulación, revisión y actualización del Proyecto Educativo Institucional, del Plan Operativo Anual y del Plan de Mejoramiento Institucional para incorporar una estrategia que promueva ambientes escolares adecuados.
  2. Participa en la definición de una estrategia cuyo propósito es generar un ambiente sano y agradable que favorezca el aprendizaje de los estudiantes y la convivencia en la institución.
  3. Atiende la consulta personal sobre aspectos psicológicos y sociales demandados por estudiantes y padres de familia.
  4. Lidera la implementación de la ruta de prevención, promoción, atención y seguimiento para la convivencia escolar.
  5. Promueve la vinculación de la institución en programas de convivencia y construcción de ciudadanía que se desarrollen en el municipio y respondan a las necesidades de la comunidad educativa.
  6. Participa en la identificación de riesgos físicos y psicosociales de los estudiantes para incluirlos en el manual de gestión del riesgo de la institución.

 

5.5. Funciones de los coordinadores.

 

Resolución 09317 de 06 de Mayo de 2016, Anexo 1, Pagina 29.

Apoyar la gestión directiva y liderar los diferentes proyectos y programas institucionales e interinstitucionales definidos en el Proyecto Educativo institucional, con el fin de coordinar el trabajo de los profesores, facilitar y orientar

los procesos educativos que permitan el desarrollo académico y personal de los

estudiantes y establecer planes de mejoramiento continuo, en estrecha relación

con la dirección del plantel y de las diferentes instancias colegiadas del gobierno

escolar y de asesoría institucional:

  1. Coordina, participa y acompaña la formulación, revisión y actualización del proyecto Educativo Institucional (PEI), del Plan Operativo Anual (POA), del                                plan de Mejoramiento Institucional (PMI), y del Sistema Institucional de evaluación (SIE).
  2. Apoya el diseño e implementación de mecanismos para la toma de decisiones involucrando la comunidad educativa en relación con los procesos de planeación y dirección de la institución.
  3. Incentiva y pone en práctica estrategias de participación de la comunidad educativa en las acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.
  4. Apoya el diseño y uso de mecanismos de comunicación entre la comunidad educativa.
  5. Organiza jornadas pedagógicas con los docentes y la comunidad educativa para actualizar, evaluar y hacer seguimiento a las buenas prácticas sociales y académicas de la institución.
  6. Lidera y asesora el trabajo con el equipo del personal docente y administrativo para articular y orientar los planes y proyectos de inherentes al nivel, ciclo o área de conocimiento de la institución que propicie el cumplimiento del PEI y de las rutas de mejoramiento continuo.
  7. Impulsa y desarrollar estrategias de, seguimiento, monitoreo y evaluación de las metas y objetivos del Plan Operativo Anual y del Plan de Mejoramiento Institucional y usar sus resultados para tomar decisiones institucionales.
  8. Apoya el diseño e implementación de una estrategia para promover un clima armónico en las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa.
  9. Lidera la socialización de las normas de convivencia escolar, implementación de cátedra de paz y armonización de los procesos de conciliación de mediación escolar.
  10. Mantiene un clima de igualdad de oportunidades para todas las personas que se encuentran bajo su dirección.
  11. Apoya el diseño y promoción de actividades curriculares en la institución que motivan a los estudiantes y fortalecen las relaciones en la comunidad educativa.
  12. Apoya el diseño e implementación de una estrategia para relacionar al establecimiento con las diferentes instituciones orientadas a la atención comunitaria y que promueven el desarrollo de actividades educativas.
  13. Coordina la estrategia de relacionamiento de la institución con padres de familia, autoridades educativas, otras instituciones y el sector productivo.
  14. Orienta, implementa, impulsa ajustes y hace seguimiento al modelo o enfoque pedagógico, didáctico y curricular definido en el Proyecto Educativo Institucional.
  15. Coordina la articulación y armonización del plan de estudios para la implementación de los estándares básicos de competencias, los derechos básicos de aprendizaje, las mallas, los lineamientos y las orientaciones curriculares para las diferentes áreas y grados establecidos por el Ministerio de Educación Nacional.
  16. Promueve el desarrollo de estrategias pedagógicas que articulen diferentes áreas, grados y niveles.
  17. Coordina y promueve la implementación y evaluación permanente del plan de estudio y las estrategias pedagógicas que desarrollan las áreas obligatorias, fundamentales u optativas para establecer ajustes para mejorar.
  18. Participa en el comité de convivencia escolar, orienta las mesas de conciliación de estudiantes y de docentes para solución pacífica de conflictos y lidera actividades convivenciales donde se evidencien los derechos humanos, derechos fundamentales y derechos sociales.
  19. Lidera la planeación, organización y ejecución de los proyectos transversales contemplados en la ley 115/94 y su incidencia en la formación integral de los estudiantes.
  20. Apoya el diseño e implementación de una estrategia para prevenir posibles riesgos que afectarían el funcionamiento de la institución y el bienestar de la comunidad educativa, de acuerdo a las orientaciones impartidas por el Ministerio de Educación Nacional.

5.6. Funciones de los docentes.

 

Resolución 09317 del 06 de Mayo 2016, Anexo 1.

 

  1. Participa en los procesos de seguimiento y evaluación de la planeación institucional y de los procesos que se derivan de ella.
  2. Conoce, domina y actualiza saberes referidos a las áreas disciplinares que aspira/ desarrolla.
  3. Conoce los actuales procesos de enseñanza y aprendizaje en el campo de la educación básica primaria y los incorpora en su práctica docente.
  4. Elabora material pedagógico y didáctico pertinente para las actividades académicas del nivel educativo.
  5. Selecciona y aplica métodos, procedimientos y medios pedagógicos que contribuyen al desarrollo cognitivo y social de los estudiantes, articulado con el PEI.
  6. Retroalimenta a los estudiantes a partir de los procesos de seguimiento y evaluación que realiza de cada uno de ellos.
  7. Elabora boletines de desempeño escolar para fortalecer el proceso de retroalimentación con los estudiantes y los padres; así como su involucramiento en la formación de sus hijos.
  8. Participa en la construcción de los acuerdos de convivencia al interior de la institución.
  9. Propone la realización de actividades extracurriculares en la institución que favorecen el desarrollo de la comunidad educativa.
  10. Participa en los procesos de seguimiento y evaluación de la planeación institucional y de los procesos que se derivan de ella.
  11. Estructura en forma pertinente los conceptos disciplinares en el marco del proceso enseñanza-aprendizaje, de acuerdo con los referentes de calidad, estándares básicos de competencias y demás lineamientos y orientaciones de calidad emitidos por el Ministerio de Educación Nacional.
  12. Organiza la enseñanza de nociones disciplinares teniendo en cuenta el aprendizaje conceptual y significativo.
  13. Construye ambientes de aprendizaje que fomenten el aprendizaje autónomo y cooperativo en los estudiantes.
  14. Utiliza los recursos tecnológicos y de apoyo pedagógico de la institución para el desarrollo de su práctica en el aula.
  15. Promueve la participación de la familia en el proceso de formación de los estudiantes y el fortalecimiento de la escuela de padres.

5.7. Funciones personal administrativo.

 

  1. Cumplir su jornada laboral.
  2. Cumplir con sus competencias asignadas.
  3. Atender oportunamente a los padres de familia, estudiantes, directivos y docentes cuando soliciten información institucional.
  4. Matricular oportunamente los estudiantes de la institución solicitando la documentación requerida.
  5. Procesar e informar a diario los sistemas del SIMAT, PC ACADEMICO, GABO, SISGE, Plataformas digitales del ministerio.
  6. Procesar e imprimir boletines valorativos de estudiantes, constancias y certificaciones de todos los estudiantes.
  7. Ordenar, clasificar, imprimir y empastar  los libros reglamentarios de matrículas, notas, registro de diplomas y actas de grado de la institución educativa.
  8. Asistir a las ceremonias de grados, consejo directivo, consejo académico, consejo de padres de familia entre otros.
  9. Cuidar y proteger el archivo y no filtrar información de relevancia para la institución.
  10. Asistir y levantar las actas del consejo directivo, consejo académico, consejo de padres de familia y las que le sean asignadas por la dirección.
  11.  Las asignadas por el municipio de Bello.

5.8. Funciones personales de apoyo y logística.

 

  1. Cumplir con la jornada laboral asignada.
  2. Desarrollar su actividad oportuna y en las zonas asignadas.
  3. Dar excelente trato al personal de la comunidad educativa.
  4. Control, conservación y limpieza del material a su cargo.
  5. Contribuir con su trabajo al bienestar de la Institución.
  6. Velar continuamente por el orden y el aseo del Colegio.
  7. Cumplir con las estipulaciones acordadas en el contrato de trabajo.
  8. Velar por el buen uso y cuidado del inventario de la institución.
  9. informar inmediatamente de cualquier daño, irregularidad o desperfecto detectado en las instalaciones.
  1. RUTAS DE ATENCIÓN.

6.1. Promoción y Prevención.

PROMOCIÓN: Según decreto 1965 de 2013. Fomentar el mejoramiento de la convivencia y el clima escolar con el fin de generar un entorno favorable para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

PREVENCIÓN: Intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en el contexto escolar.

  • La institución educativa articulara acciones con entidades y programas de salud, recreación, deporte y cultura.
  • Tranversalizar la temática en diferentes áreas del saber (Formación ciudadana, derechos humanos, sexualidad y prevención de violencias).
  • Fortalecer los proyectos obligatorios, ajuste del manual de convivencia y construcción de protocolos de atención.
  • Socializar el manual de rutas de atención identificando las principales situaciones que afectan la situación escolar.
  • Fortalecer las zonas de acompañamiento.
  • Identificar los casos graves donde exista afectación física y psicológica para ser remitidas a entidades competentes: Policía, fiscalía, entidades de salud, comisaria de familia, bienestar familiar, procuraduría y personería.

6.2. Atención Situaciones de Tipo I, Tipo II y Tipo III.

SITUACIONES TIPO I.

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas

Situaciones esporádicas que inciden negativamente el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud (Decreto 1965 de2013, artículo 40). Está conformado por: Estudiantes líderes, personero estudiantil, docentes y directivos formados en resolución de conflictos (Conciliación y mediación).

SITUACIONES TIPO II.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y Ciberacoso, que no poseen las características de la comisión de un delito y que cumplen con cualquiera de las siguientes características: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin

Generar incapacidad alguna para cualquiera de las personas involucradas (Decreto 1965 de2013, artículo 40). Está conformado por coordinadores del comité de convivencia escolar, coordinadores que informan al comité sobre casos de difícil manejo (Tipo II y III).

 

SITUACIONES TIPO III.

Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de2013, artículo 40).

Se convoca al comité de convivencia escolar en el tiempo determinado según la gravedad y necesidad del caso. Ordinariamente se reúne una vez al mes y extraordinariamente para análisis de casos de ser necesario.

6.3. Protocolos de Atención

Según decreto 1965 de 2013, articulo 42.

TIPO I.

  1. Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.
  2. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa, justa y acciones para la reparación de la situación tipificada, el restablecimiento de los derechos  y la reconciliación.
  3. Establecer compromisos y hacer seguimientos.

 

TIPO II.

  1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.
  2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos.
  3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.
  4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.
  5. Generar espacios para exponer y precisar lo acontecido.
  6. Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
  7. Realizar el reporte en el sistema de información unificado de convivencia escolar.
  8. El comité escolar de convivencia realizara el análisis del caso y seguimiento de las soluciones.

TIPO III.

  1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.
  2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.
  3. Informar de la situación a la Policía Nacional (Policía de Infancia y Adolescencia).
  4. Citar a los integrantes del comité escolar de convivencia y ponerlos en conocimiento del caso.
  5. Adoptar las medidas propias para proteger a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.
  6. Realizar el reporte en el sistema de información unificado de convivencia escolar.
  7. Realizar seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo.

6.4. Clasificación de Situaciones Según Decreto 1965 de 2013.

 Situaciones Tipo I.

  1. Llegar tarde a la institución educativa sin excusa ni justificación escrita debidamente firmada por el padre, madre y/o acudiente del estudiante.
  2. El uso de vocabulario soez en cualquier dependencia de la institución educativa.
  3. Presentarse a la institución portando incorrectamente el uniforme correspondiente de la misma, o no portarlo sin justificación escrita por parte del acudiente del estudiante.
  4. Comprar en la tienda escolar en horas que sean de clase o en tiempos no autorizados.
  5. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo autorización expresa.
  6. Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, ingestión de alimentos, golosinas y/o bebidas, circulación por el aula u auditorio en momentos inadecuados, etc.
  7. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de transito restringido, tales como: Rectoría, secretaria coordinaciones, sala de profesores, laboratorios, zonas restringidas para el descanso.
  8. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como: Tienda, restaurante escolar y uso de los baños y/o sanitarios.
  9. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros o condiscípulos.
  10. Dejar desaseado y en desorden el aula de clase al terminar la jornada escolar. Negarse a participar en las campañas y turnos de aseo.
  11. Desacatar las instrucciones y órdenes que le impartan los docentes o directivos docentes de la institución.
  12. Mostrar conductas sexuales inapropiadas y/o exageradas que atenten contra la moral y el buen nombre (Caricias o besos).
  13. Menospreciar o irrespetar los símbolos de la institución o la nación, tales como: bandera, escudos e himno.
  14. Utilizar radios, grabadoras, audífonos, celulares y otros medios tecnológicos de comunicación, dentro del aula de clase u otro espacio que sirva para la realización de la actividad pedagógica y/o portar implementos que entorpezcan el desarrollo de la actividad pedagógica como revistas pornografías, álbumes, entre otros. Salvo en casos donde el docente autorice o sea parte de la actividad pedagógica.
  15. Cualquier otra falta, conflicto, o malentendido de carácter menor y que pueda ser solucionado por el dialogo y la mediación.

 Situaciones Tipo II.

Son aquellos comportamientos que comprometen las normas básicas de convivencia y afectan de manera significativa a la institución o a cualquier miembro de la comunidad educativa causando daño, además de que cuestionan los principios y valores que la comunidad escolar a definido como centrales y deseables para la vida en sociedad o ponen en peligro la vida del estudiante o de algún miembro de la comunidad escolar, incluyendo las faltas contra el medio ambiente y la salud.

  1. Fumar en las instalaciones de la institución o en alguna actividad escolar.
  2. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre y cuando no se genere ningún tipo de incapacidad por la agresión, sea esporádico de manera repetida, lo que constituiría un caso de acoso escolar (Bullying).
  3. Incitar, acolitar y encubrir riñas entre compañeros dentro y fuera de la institución educativa.
  4. Irrespetar o agredir verbalmente la individualidad de cualquier miembro de la comunidad educativa por medio de insultos, apodos, burlas, y/o comentarios ofensivos, sea esporádicamente o de manera repetida, lo que constituirá un caso de acoso escolar (Bullying)
  5. Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres y/o acudientes del estudiante, indisponiendo o dando información falsa a padres de familia, docentes y/o directivos.
  6. Consumir cualquier clase de bebidas embriagantes y/o sustancias psicoactivas fuera de la institución usando el uniforme.
  7. Presentarse a la institución bajo efecto de bebidas alcoholices y/o sustancias psicoactivas.
  8. Dañar o destruir el patrimonio cultural, ecológico y/o los bienes de la institución (Carteleras, adornos, fauna y flora, equipos, muebles, puertas, útiles e implementos escolares).
  9. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones de los docentes y directivos docentes de la institución.
  10. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas, deteriorando el buen nombre de la institución y/o poniendo en riesgo la integridad de los miembros de la comunidad educativa.
  11. Practicas juegos bruscos en los descansos, aulas de clase y cualquier espacio de la institución o del sitio donde se desarrolle la actividad pedagógica, atentando contra la integridad física y/o psicológica, sea esporádicamente o de manera repetida, lo que constituirá un caso de acoso escolar (Bullying).
  12. Vender comestibles en los diferentes espacios de la institución, salvo en la tienda escolar, ya que por este medio se camuflan sustancias psicoactivas.
  13. Incumplir con los acuerdos firmados en el contrato pedagógico de convivencia, firmado previamente por el o la estudiante y el acudiente.
  14. Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula, o ausentarse de la misma sin autorización del docente.
  15. Celebrar inadecuadamente cualquier evento arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución.
  16. Organizar, realizar y participar en paseos, salidas y/o cualquier actividad que afecte el buen nombre de la institución y/o ponga en riesgo la integridad de los miembros de la comunidad de la comunidad educativa, sin el correspondiente permiso del rector y el acudiente.
  17. Difundir comentarios, por cualquier medio, que afecten la vida privada de los miembros de la comunidad educativa y/o cualquier actividad que les afecte psicológicamente.
  18. Retirarse de la institución sin autorización de las directivas.
  19. Utilizar el internet de manera negativa, consultando material pornográfico, fomentando peleas, insultando, acosando, provocando y/o dañando el buen nombre de cualquier miembro de la comunidad educativa, sea esporádicamente o de manera repetida, lo que constituirá un caso de Ciberacoso escolar (Ciberbullying).
  20. Alterar o falsificar firmas, libros, excusas, evaluaciones, registro de calificaciones, trabajos, cuadernos, o documentos de cualquier tipo. Sera considerado como tipo III en el caso que genere un daño grave al desarrollo de procesos educativos o institucionales.

 Situaciones Tipo III.

 

Las faltas muy graves son aquellas que atentan directamente contra los derechos humanos básicos, loa integridad física, psicológica o moral de las personas o los principios educativos de la institución y en muchos casos están tipificados como delitos por la justicia ordinaria. Este tipo de acciones son consideradas generalmente delitos que ponen en riesgo la vida, la integridad física y los bienes materiales, de tal manera que pueden causar daños, en muchos casos irreparables o irreversibles:

  1. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre y cuando se genere algún tipo de incapacidad por la agresión (Hospitalización, amputación y/o pérdida de capacidad entre otras), sea esporádica o de manera repetida, lo que constituirá un caso de acoso escolar (Bullying).
  2. Portar, exhibir y/o guardas armas, explosivos, u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás.
  3. Portar, consumir o distribuir a cualquier título (gratuito u oneroso) dentro de la institución sustancias alucinógenas, psicotrópicas que causen adicción (Ver Peto. 1108 de 1994. Código nacional y departamental de la policía).
  4. Emplear amenazas, chantajes, extorsiones o intimidaciones de cualquier índole, individuales o grupales a compañeros, directivas, educadores o personal de la comunidad educativa.
  5. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro de la institución.
  6. Hurtar dinero, documentos, artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa o la institución.
  7. Retener y/o secuestrar algún miembro de la comunidad educativa.
  8. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas delictivas que atenten contra la vida, la integridad o los bienes de los demás.
  9. Suplantar a compañeros (as) o hacerse suplantar para evadir responsabilidades disciplinarias o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico.
  10. Tener relaciones sexuales dentro de la institución, acosar, provocar, abusar, prostituir y/o violentar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. Según artículo 209 del código penal (Ley 599 del 2000) realizar actos sexuales con menores de 14 años o en su presencia, inducirlos a realizarlos (en persona o por internet) se cataloga como un delito.
  11. Porte, producción y reproducción de propaganda subversiva.
  12. Cualquier conducta tipificada como delito en el código penal colombiano (Ley 599 del 2000), salvo por delitos políticos o culposos.
  13. En caso de consumidores de droga y alcohol se procederá a hacer un compromiso con la familia y la autoridad competente para su rehabilitación. Un expendedor se atiene a las leyes estipuladas para tal fin. (Decreto 1108 de 1994).

NOTA: en situaciones tipo III, el establecimiento educativo no debe adelantar ningún proceso de levantamiento de testimonios o pruebas. Con la sola existencia de una evidencia que suponga la presunta comisión de un delito, se debe informar inmediatamente a la autoridad competente.

6.5.  Correctivos Disciplinarios, Pedagógicos y Debido Proceso.

DISCIPLINARIOS:

  Situaciones de Tipo I.

  • Amonestación verbal.
  • Amonestación escrita consignada en el observador del estudiante según lo establecido en el protocolo de atención.
  • Llegar acuerdos:
  1. Remisión a institución externa (Casa de justicia, ICBF, comisaria de familia).
  2. Remisión a centros especializados con los que cuente la institución, el entorno o la familia. Cumpliendo con las fechas estipuladas para traer los reportes y pactos escritos.

  Situaciones Tipo II y III.

  • Elaboración del proyecto futuro de vida.
  • Suspensión según la gravedad del hecho. La suspensión máxima aplicable desde coordinación es de tres (3) días hábiles con trabajo de reparación según la falta y si es repetitivo pasa al comité de convivencia escolar, a más tiempo serán procesados por el comité de convivencia escolar y con resolución rectoral Y trabajos reparadores en el caso de exclusión temporal.
  • Remisión y estudio al comité de convivencia, o comisión de evaluación y promoción para determinar acciones de mejoramiento a seguir a partir de las anotaciones escritas que se encuentren en el observador del estudiante y los descargos que el estudiante haga por escrito acerca del caso.
  • Cancelación de matrícula y/o pérdida de cupo.

6.6.  Esquema  proceso de atención.

 

 

Ruta de atención situación tipo I.

 

 

 

 

 

Ruta de atención situación tipo II.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ruta de atención situación tipo III.

 

6.7.   Pedagógico.

El correctivo pedagógico será determinado por quien esté llevando el caso (docentes, directivos, comité de convivencia) pensando siempre en la formación del estudiante.

  • Reparación del daño causado de manera equitativa, justa y publica, según sea el caso, para la persona afectada o frente a la comunidad educativa.
  • Participación en jornadas de reflexión mediante lecturas, análisis de normas, dinámicas grupales, talleres de sensibilización de crecimiento personal y educativo.
  • Realizar trabajos escritos, carteleras o exposiciones sobre el tema de la falta para presentárselos a su grupo.
  • Realizar un escrito personal que dé cuenta de un compromiso de cambio comportamental para hacer añadido al observador.
  • Realizar horas de servicio social o colaboración en la institución como cuidado del medio ambiente, de la planta física, apoyo a la biblioteca o restaurante escolar, entre otros.
  • Participar en campañas que fomente la convivencia, aportando material o realizando presentaciones según la falta.

6.8. Debido proceso y derecho a la defensa.

Busca garantizar que la persona juzgada u disciplinada se le garantice su derecho fundamental de legítima defensa, y se ajuste al imperio de la ley o de la norma establecida y no al capricho o arbitrariedad de un funcionario:

  • Que la persona objeto de la decisión pueda ser oída antes de la toma de cualquier decisión.
  • Que la persona objeto de decisión pueda participar efectivamente en el proceso, desde su inicio hasta su terminación, sin que haya elementos o acciones que constriñan su actuación o la de las personas que la defienden o sus apoderados.
  • Que la persona objeto de la decisión pueda presentar pruebas que sirvan de soporte a sus argumentos y su defensa.
  • Que la persona conozcan las decisiones que se tomen sobre su caso, y que estas sean fundadas o motivadas, lo cual significa que se apoyen en las normas y en los hechos objeto de la decisión.
  • Que haya notificaciones oportunas y conforme a la ley para cada una de las etapas del proceso.
  • Que la persona objeto de la decisión o su apoderado puedan acceder a la información y documentación sobre la actuación de la decisión administrativa, en todo momento y para su defensa.
  • Que hayan ocasión y se puedan controvertir los elementos probatorios del ente acusador antes de la decisión.
  • Que la persona objeto de actuación administrativa pueda obtener asesoría legal que le tutele sus derechos y lo asista en el proceso.
  • Que exista la doble instancia para que sea posible impugnar las decisiones administrativas que un funcionario o autoridad educativa tome.

6.9. Medidas de Protección y Restablecimiento de Derechos para Estudiantes Victimas de Situaciones Tipo II y III.

  • Cambio de grupo.
  • Remisión a institución externa: (ICBF, comisaria de familia, casa de justicia).
  • Atención psicológica en institución externa o en orientación escolar. El padre de familia debe continuar el proceso con las instituciones externas y mientras el estudiante se encuentre matriculado debe traer el reporte de la atención.
  • Vigilancia en zonas de riesgo dentro de la institución de acuerdo a la asignación de las zonas dada por coordinación de convivencia.
  • Acompañamiento al estudiante en entrada y salida de la institución por los padres de familia.
  1. ESTUDIANTES EN SITUACIÓN DE ABANDONO O NEGLIGENCIA FAMILIAR.

Los deberes de los padres se encuentran consignados en el Código de Infancia y Adolescencia (Art.39), y en la Ley 1620 (Art.22).

Ante el incumplimiento reiterado de los deberes de los padres de familia, manifestado, por ejemplo, en la inasistencia a la institución cuando es citado por medio escrito y telefónico, al menos en tres ocasiones, se procederá a informar al (ICBF) por medio de oficio, reportando la situación de abandono o negligencia familiar, según sea el caso.

  1. DIRECTORIO DE AUTORIDADES Y ENTIDADES DE APOYO.
ENTIDAD NUMERO TELEFONICO
Policía Nacional Línea 123
Policía Cuadrante Bello 4831147 – 4831148- 4831149
Policía de Infancia y Adolescencia 4152000 ext. 7228
Casa de Justicia 4679216 – 4830113
URI: Unidad de Reacción Inmediata 4446677 ext. 5302
Policía de Infancia y Adolescencia 4152000 ext. 7228
Comisaria de Familia 4664276
Secretaria de Salud 4564470
ICBF Centro Zonal Aburra Norte (Niquia) 4823333 – 4825701 Fax: 4825666
Personería de Bello 4521001
Cespa Medellín (Centro de servicios judiciales para adolescentes) Cra 83 # 47ª-47 4124171 – 4165588 Fax: 2509277
Hospital Marco Fidel Suarez 4549000
Bomberos 4440119
Cruz Roja 3505300
Defensa Civil 2924708
Medicina Legal 4418900
  1. SOBRE EL PORTE DEL UNIFORME.

El uniforme en la Institución Educativa Jorge Eliecer Gaitán Ayala, imprime identidad, carácter y pertenencia; por lo tanto todos los educandos deben portarlo con dignidad y respeto. Además, evita que entre ellos haya competencias en el vestir lo que acarrearía un gasto económico a las familias durante todo el año.

El uniforme de diario u ordinario y el de educación física serán obligatorios atendiendo a las actividades u horario de atención en los días estipulados.

El uniforme debe portarse teniendo presente las condiciones de higiene, aseo personal y en sí de todas las normas que atiendan al buen porte del mismo, atendiendo especialmente a los siguientes requerimientos:

  1. ESTÍMULOS:

 

  1. Eximir los mejores estudiantes de la evaluación de periodo según criterio del docente.
  2. Resaltar los mejores estudiantes de cada periodo en los actos cívicos y el cuadro de honor.
  3. Resaltar los valores de los mejores estudiantes y ponerlos como ejemplo a imitar en los actos cívicos y culturales.

10.1. Correctivos:

 

Son entendidos como acciones que se plantean con el fin de generar en las y los estudiantes un cambio de actitud cuando sea incurrido en conductas que afecten la sana convivencia o vaya en contravía de los valores institucionales.

Estos correctivos se fundamentan en la perfectibilidad del ser humano, así como en la certeza de que los cambios profundos se logran atreves de un proceso afectivo, cognitivo y procedimental que permiten asimilar los valores, hacerlos parte de la propia vida y proyectarlos a la comunidad como un aporte para la transformación social.

  1. Dialogo pedagógico sobre la situación ocurrida, explicitar las emociones involucradas, buscar formas de actuar que puedan dar mejores resultados en la sana convivencia, acciones conciliadas de normalización emocional y actitudinal, corregir la situación, pedir disculpas si es el caso.
  2. Llamada de atención en privado: la aplicara el profesor o directivo que se haya enterado de la falta, a través de un dialogo formativo y claro con el estudiante, para que este tome conciencia del error cometido y se comprometa a un cambio de actitud. Se dejara constancia escrita en el observador sobre este diálogo.
  3. Si el estudiante persiste en su actitud y no se observan cambios en su comportamiento, se hará una anotación más detallada en la ficha de formación integral y se establecen los correctivos acordes a la falta. Se acercan a la mesa de diálogos y manejo de conflictos del comité de convivencia escolar.
  4. El estudiante que dañe los enseres o muebles de la institución, debe reparar y/o reponer el objeto que dejo fuera de servicio.

10.2. Acciones Reparadoras:

 

Toda acción pedagógica que busca enmendar y compensar daños causados a otras persona, son acciones que pretenden reestablecer las relaciones o el ambiente escolar de confianza y solidaridad. Este tipo de acciones son construidas colectivamente y pueden activarse para atender conflictos manejados inadecuadamente en situaciones de tipo I y II:

 

  1. Si el estudiante persiste en su actitud (Falta leve) y no se observan cambios en su comportamiento, debe intervenir el titular de grupo y establecer nuevas estrategias para corregir las falta, dejar constancia en la ficha de formación integral del estudiante y notificación al padre de familia o acudiente y al coordinador respectivo.
  2. Dialogo del coordinador respectivo con el estudiante y el profesor con quien presenta la dificultad para escuchar a cada una de las partes e implementar correctivos.
  3. Citación de padres de familia del estudiante o acudientes por parte del profesor con quien presente las dificultades. Se dialoga con estos para analizar conjuntamente las dificultades presentadas por el estudiante, dejando constancia escrita de acciones correctivas por parte de educadores, padres y estudiante.
  4. Citación desde la coordinación  respectiva a los padres o acudientes y el estudiante, para analizar el caso.
  5. Suspensión de actividades académicas por fuera del aula, durante un (1) y dos (2) días con talleres y trabajos de reposición de acuerdo a la falta.
  6. En caso de persistir las conductas sancionables, se aplicara sanción de suspensión de actividades académicas, por fuera de la institución, pasara al comité de convivencia quien resolverá el caso.
  7. Suspensión académica del periodo o medio periodo por parte del comité de convivencia escolar y con resolución rectoral y respetando el debido proceso.

11  REGLAS DE HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLICA.

 

  • A ser tratados con dignidad y respeto.
  • A estudiar en un ambiente sano e higiénico, libre de factores epidemiológicos y contaminantes.
  • A disfrutar de una planta física, salones, sitios comunitarios en excelente estado de aseo, limpio de basuras, desperdicios y contaminación auditiva y visual.
  • A recibir una adecuada capacitación, orientación y formación educativa que promueva su desarrollo integral como persona.
  • A participar en campañas de salubridad y prevención de enfermedades endémicas que el Colegio lleve a cabo con entidades de salud.
  • A hacer uso de unidades sanitarias y lavamanos con buena circulación de aguas y excelente mantenimiento e higiene.
  • A recibir clases, ejecutar trabajos y realizar consultas en recintos limpios de buen mantenimiento en pintura, sin rayones ni graffitis.
  • A recibir alimentos, frutas y bebidas en buen estado, con excelentes normas de higiene y calidad en su elaboración, manejo y expendio, portando para ello, los funcionarios de cocina, cafetería y frutería, delantales, gorras y en general de vestuario adecuado.
  • A tener canecas debidamente clasificadas para reciclaje y tratamiento de residuos y basuras.
  1.   PREVENCIÓN FRENTE AL CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS.

La institución mediante talleres desarrollara temáticas orientadas a la prevención de sustancias psicotrópicas y alcoholismo en los adolescentes y jóvenes estudiantes; como también con proyectos transversales de las áreas en cuanto al uso de sustancias psicoactivas y alcoholismo.

  1. CRITERIOS DE RESPETO Y VALORACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y COLECTIVOS.

Hace parte de la formación integral de los niños (as) y jóvenes estudiantes el valorar y cuidar sus objetos personales como también dar buen uso de los bienes de la institución como son las sillas, el material didáctico, las Tablet, los portátiles, los laboratorios, el auditorio, su silletería y todos los espacio y mobiliario de la planta física de la institución.

  1. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO FRENTE AL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE.

Cada estudiante se hace responsable de hacer buen uso de la basura que produce ubicarla en los lugares indicados, puntos ecológicos, reciclajes, proteger las zonas verdes, las plantas ornamentarías en las terrazas y lugares indicados.

  • Pautas de Seguridad:

 

  • Evitar chatear cuando se esté caminando en pasillos y escaleras.
  • Tener precaución al abordar los ascensores y las escaleras.
  • Evitar conatos de incendio.
  • Evitar sacar el cuerpo los balcones y no ingresar a las terrazas sin autorización.
  • No ingresar a cuartos de máquinas, bombas de agua y electricidad.
  • No ingresar sin autorización al auditorio, secretaria y rectoría.
  1.  NORMAS DE CONTROL Y REGULARIDAD DE ESTUDIANTES Y DOCENTES.

 

 

15.1  Horarios y Jornadas de los Estudiantes.

 

Jornada de la Mañana: 6:00 a.m. a 12:00m

Jornada de la tarde: 12:30 p.m. a 5:30 p.m.

Jornada Nocturna: 6:20 p.m. a 9:10 p.m.

 

15.2. Jornada Docentes: Permanecer seis (6) horas de 60 minutos en la institución, y cuando sea pertinente permanecer las 8 horas laborales atendiendo padres de familia y desarrollando los proyecto transversales asignados.

  1.  PAUTAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES:

 

Uniforme diario para las damas.

  • Yomber hasta la rodilla.
  • Blusa blanca, manga corta con dobladillo.
  • Zapatos negros de atadura.
  • Medias azules hasta debajo de la rodilla.
  • Saco de color azul oscuro (sin ningún estampado o decoración).
  • Se exige el uso de pantaloneta o de shorts para todas las niñas, para usarlo debajo del vestido de diario).
  • Se permite llevar una cinta o sujetador de cabello blanco o azul oscuro. Se sugiere no usar colores extravagantes en el cabello.
  • El maquillaje sugerido debe ser suave y sin extravagancias, es decir sin colores fuertes.
  • Se sugiere los aretes deben ser pequeños y de color blanco o azul oscuro sin alhajas, joyas o modas extravagantes o extrañas.
  • Las uñas si se pintan, se recomienda ser transparentes.
  • No utilizar piercing ni tatuajes.
  • No se les permite el tinturado del cabello.

Uniforme diario para los caballeros.

  • Jean clásico de color azul oscuro, sin adornos, sostenido con correa negra, debe de ir a la cintura no descaderado, bota recta. El Jean no lleva ningún tipo de accesorios, ni correas de tela o bolsillos por fuera, hebillas, aplicaciones o cualquier tipo de adornos que lo desfiguren. El pantalón no va entubado. Tampoco se permite entubar la sudadera de educación física.
  • Camisa exclusiva de la institución de color azul rey, escudo bordado en colores, esta camiseta será utilizada los días lunes, miércoles y viernes.
  • Camiseta blanca, de diseño exclusivo, con el escudo de la institución bordado en rojo. Esta camiseta será utilizada los días martes y jueves.
  • Los zapatos de diario son negros de atadura y las medias azules oscuras y largas.
  • El corte de cabello de los jóvenes de la institución educativa, es corte clásico, sin tinturas.
  • Los jóvenes de la institución educativa. No utilizan piercing ni tatuajes.

     Porte Uniforme Educación Física:

 

  • El uniforme de educación física es de diseño exclusivo de la institución. La camiseta es blanca con el escudo del colegio estampado en color rojo. La sudadera es azul con el estampado en rojo y línea roja. Tenis blanco de atadura. Para los estudiantes de la noche se exige la camiseta del colegio azul o blanco.

NOTA: Para los docentes presentación adecuada de acuerdo a su estatus y rol.

  1.  REGLAS PARA LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LOS ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR.
  • Consejo Directivo: Artículo 2.3.3.1.5.4 del Decreto 1075 del 2015, integración del consejo directivo:
  1. El rector quien lo presidirá y lo convocara.
  2. Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.
  3. Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de estudiantes entre los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación ofrecido por la institución.
  4. Un representante de los exalumnos elegido por el consejo directivo, de ternas presentadas por organizaciones o en su defecto por quien haya ejercido el año anterior el cargo de represéntate de los estudiantes.
  5. Un represéntate de los sectores productivos, será escogido por el consejo directivo.
  • Consejo Académico: Artículo 2.3.3.1.5.7 del Decreto 1075 del 2015, integración del consejo académico: está integrado por el rector quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios, funciones:
  1. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de las propuestas del proyecto educativo institucional.
  2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente capitulo.
  3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
  4. Participar en la evaluación institucional anual.
  5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento académico de los estudiantes.
  6. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación.
  7. Las demás funciones afines o complementarias que le atribuye al P.E.I

(Decreto 1860 de 1994, Articulo 24)

EL RECTOR: Es el representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

  • Consejo de Padres de Familia: Decreto 1286 de 2005, Articulo 5, se conforma de un representante de cada uno de los grupos de la institución, conformándose el consejo, nombra un presidente, un secretario y vocales.
  • Consejo de Estudiantes: Articulo 2.3.3.1.5.12, Decreto 1860 de 1994, en todos los establecimientos educativos el consejo de estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por el establecimiento o sedes que comparten un mismo consejo directivo. El consejo directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno, mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.
  • Representante de Estudiantes: Se nombra del grado mayor que ofrece la institución educativa.

 

  • Comité de Convivencia: El comité de escolar estará conformado por: El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité, el personero estudiantil, el docente con función de orientación, el coordinador cuando exista este cargo, el presidente del consejo de padres de familia, el presidente del consejo de estudiantes, un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

 

Parágrafo: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar la información.

  1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
  2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
  3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
  4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones de conflictos que afecten la convivencia escolar.
  5. Activar la ruta de atención integral para la convivencia escolar definida en el artículo 29 de esta ley. Frente a situaciones específicas de conflicto, acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo.
  6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos para evaluar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
  7. Hacer el seguimiento al manual de convivencia y a sus disposiciones establecidas.
  8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio y que contextualicen pertinencia con la comunidad.

17.7 Funciones del comité de convivencia escolar.    

 

Artículo 4.- Funciones del comité de convivencia escolar. Se adoptan las funciones establecidas por el artículo 13 de la ley 1620 de 2013, Decreto reglamentario 1965 de 2013 y el Decreto 1075 de 2015, a saber:

  1. 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
  2. Liderar y socializar en la Institución Educativa Jorge Eliécer Gaitán Ayala acciones que fomenten el buen uso de la Ruta Interna de Atención Integral para la convivencia escolar y el goce del derecho constitucional al debido proceso, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
  3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
  4. Convocar al espacio de “Aula de Concertación” establecido en la Institución Educativa Jorge Eliécer Gaitán Ayala para la resolución de situaciones Conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
  5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la ley 1620 de 2013, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
  6. Liderar y socializar el desarrollo de protocolos como estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
  7. Proponer, analizar, viabilizar y socializar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad Gaitanista para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía bellanita.
  8. Llevar siempre las actas de reunión y firmadas por quien en ellas intervienen.
  1.  SIEP.

 

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR

 

RESOLUCIÓN 001

 

(ABRIL 15 DE 2016).

Por el cual se reglamenta y adopta el sistema institucional de evaluación y promoción de estudiantes de la INSTITUCION EDUCATIVA JORGE ELIECER GAITAN AYALA del Municipio de Bello, Antioquia.

El Rector en uso de sus facultades legales  y en especial las que le otorga la Ley 115 de 1994, el Decreto reglamentario 1860 de 1994, el Decreto 1850 de 2002, la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios y el decreto único del sector educativo 1075 del 26 de mayo de 2015 y

 

CONSIDERANDO

  1. Que el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, dio autonomía para que las instituciones educativas reglamenten el sistema de evaluación institucional a partir del 2010.
  1. Que la INSTITUCION EDUCTIVA JORGE ELIECER GAITAN AYALA, debe de reglamentar y direccionar el sistema valorativo de los estudiantes con parámetros objetivos claros para la valoración del rendimiento académico como las escalas valorativas para la promoción, inclusión, nivelación, reprobación y graduación de los estudiantes.
  1. Que le compete al rector mediante acto administrativo darlo a conocer y socializarlo en la comunidad educativa para su ejecución,

 

 

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Criterios de evaluación y promoción. La evaluación se aplica por competencias y habilidades, teniendo en cuenta que:

  1. CONTINUA: es decir que se realiza en forma permanente haciendo un seguimiento del estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hace al final de cada acto pedagógico: núcleos temáticos, estándares, competencias básicas de cada asignatura del currículo.
  1. INTEGRAL: se tiene en cuenta todas las dimensiones del desarrollo del estudiante, como ser biopsicosocial para evidenciar el proceso de aprendizajes, desarrollo de habilidades y aplicación de conocimientos.

Recae sobre investigaciones orientadas (tiempo, presentación, sustentación y ejecución), aplicación de conocimientos en solución de problemas, consultas breves, proyectos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis y observación, interpretación, proposición, conclusiones, sustentaciones orales y escritas, autoaprendizaje y otras formas que los docentes consideren pertinentes para la formación integral de los estudiantes.

En cuanto a lo social, la observación de comportamientos, actitudes, valores, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logro en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante.

Se permite la autoevaluación por parte de los estudiantes y la participación de padres de familia en la evaluación de sus hijos a través del dialogo y las actividades dentro y fuera del aula, como pasantías visitas guiadas, investigaciones de campo, entre otras.

La evaluación entre los estudiantes, permitiendo la interacción activa y participativa de los mismos, en las actividades académicas dentro y fuera del aula de clase.

Conversatorios con la misma intención del dialogo, realizados entre el docente y el educando o un grupo de ellos.

  1. SISTEMÁTICA: se realiza teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la misión y visión de la institución, los estándares de competencias de las diferentes asignaturas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las asignaturas, los contenidos, métodos pedagógicos y didácticas y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes.
  1. FLEXIBLE: se tiene en cuenta los ritmos de aprendizaje, el modelo flexible que ha asumido la institución especialmente para los de extra edad, repotencia neurodiversidad y desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, neurodiversidad, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales.

Los docentes identifican las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, habilidades, para darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida, donde las debilidades se constituyen en oportunidades.

  1. INTERPRETATIVA: se permite que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y en la interacción con el docente hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal.

Las evaluaciones y sus resultados deben ser tan claros en su intención e interpretación, que no deben llevar a conflictos de interés entre estudiantes, padres de familia y docentes o viceversa.

  1. PARTICIPATIVA: se involucra en la evaluación al estudiante, al docente, al padre de familia y a otras instancias que aporten para realizar métodos, en los que sean los estudiantes quienes participen en los procesos pedagógicos, los trabajos, foros, mesa redonda, trabajo en equipo, debates, seminarios, exposiciones, prácticas de campo y talleres, con el fin de que alcancen las competencias: analíticas, interpretativas, argumentativas y propositivas, con la orientación y acompañamiento de los docentes.
  1. FORMATIVA: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presente reprobación en algunas asignaturas, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los estudiantes en el aula de clase, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve.

Evaluar por competencias, aplicando los conocimientos en solución de problemas.

ARTICULO SEGUNDO: Criterios de promoción, nivelación, reprobación y graduación.

  1. Los estudiantes aprueban el año escolar, si ganan todas las áreas con nota igual o superior a 3.0.
  1. El estudiante que reprueba dos asignaturas fundamentales (C. Naturales, C. Sociales, Matemáticas, L Castellana, Ingles, Física, Química, Economía y Política y Filosofía)  y dos complementarias (Informática, Tecnología, Emprendimiento, Ética, Ed Religiosa) tiene derecho a nivelarlas o habilitarlas así haya obtenido valoración bajo en las optativas, pero deberá nivelar y recuperar todas las asignaturas del currículo.
  1. El estudiante tampoco será promovido al siguiente grado escolar, cuando deje de asistir al 25% del total de la intensidad horaria sin justificación correspondiente; en tal caso, su calificación definitiva será 1.0.
  1. La valoración para la nivelación, habilitación, promoción y graduación será de tres (3.0).

La nivelación o habilitación tendrán como mínimo una serie de actividades académicas así: investigaciones, consultas, presentación de trabajos escritos, talleres, sustentación oral o escrita de los mismos, demostraciones de procesos con buena calidad en presentaciones y contenidos, Lo anterior, será evaluado por el docente asignado o titular del área donde la valoración será mínimo de tres (3.0) para ser promovido. Se hace claridad que es una valoración integral desde los componentes de la misma.

  1. La institución al asumir el modelo flexible para la población extra edad y la educación de adultos  realiza promociones anticipadas de grado como lo plantea el Decreto 1290 del 2009 en su artículo 7.
  1. La promoción anticipada de grado para la regular, se hará tal y como lo plantea el Decreto 1290 de 2009, en su artículo 7. Aprobado por el consejo directivo, e igualmente para el modelo flexible de los jóvenes extra edad para cualquiera de los grados se podrá realizar a mitas de año o en el periodo que el Consejo académico vea oportuno.

Se introduce la homologación y convalidación de saberes en población adulta y en condiciones de desplazamiento.

  1. Para el caso de la matrícula, el consejo directivo aprueba cuando algunos estudiantes de familias desplazadas que han perdido documentos y certificados por incendios, catástrofes, fenómenos naturales, inundaciones, entre otros, se autoriza hacer matricula partiendo de la buena fe, así falten certificados y que los acudientes certifiquen con documento escrito y firma de la situación o con actas juramentadas donde se expliquen los hechos.
  1. Para la regular, el consejo directivo autoriza que los estudiantes de los grados primero, segundo, cuarto, sexto, noveno y décimo en lo posible no pierdan el año por inasistencia no justificada o mal comportamiento, siempre y cuando los estándares no sean los mismos, lo anterior con el propósito de disminuir loa deserción escolar, la repitencia y la extra edad en los niños y jóvenes estudiantes, se hace énfasis que los estudiantes tendrán que rendir y cumplir con todas las actividades propuestas por los docentes, al no hacerlo podrán perder el año.

Al asumir un modelo flexible y de exclusividad de acuerdo al decreto 1290 de 2009 no podrá exceder la perdida y repitencia del año en un 3% de estudiantes matriculados.

  1. Graduación. En la institución se adelanta solamente la ceremonia de grado para los estudiantes de once y el CLEI VI. En los otros niveles y ciclos se realiza ceremonia de clausura.
  • El título de bachiller se otorga a los estudiantes de grado Once y el CLEI VI, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos. Se podrá hacer nivelaciones y grados anticipados
  • Los que cursaron el nivel medio de “Bachillerato Técnico”, se le otorga dicho título de bachiller técnico haciendo constar además en el mismo la modalidad, especialidad o salida ocupacional que adelantaron. Pero quien certifica es el SENA.
  • Para optar al título de bachiller debe cumplir con el servicio social obligatorio y constitución ciudadana estipulado en las normas vigentes según resolución N° 42101 del 12 de septiembre de 1996 y la Ley 107 del 1994.

 

CERTIFICADO DE EDUCACIÓN BÁSICA

 

 

Los estudiantes que culminen su grado 9° y hayan aprobado todas las áreas incluyendo las de los grados anteriores, recibirán un certificado que conste la culminación de este nivel de educación básica como lo contempla el Decreto 1290.

Al culminar el nivel de la educación básica, no hay ceremonia de graduación, si no de clausura.

El grado de preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre educación preescolar, es decir que no se reprueba. En este nivel no hay ceremonia de grado si no de clausura.

ARTICULO TERCERO: Escala de valoración institucional. La evaluación es un proceso integral que es valorado de 1 a 5 así:

Desempeño Bajo De    1        a     2.99
Desempeño Básico De    3.00   a     3.99
Desempeño Alto De    4.00   a     4.59
Desempeño Superior De    4.60   a     5.00

Parágrafo: Para el bachillerato de (6° a 11°) es por asignaturas y no por áreas.

ARTÍCULO CUARTO: estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.

En todas las evaluaciones parciales o totales que se haga a los estudiantes, se tiene en cuenta los procesos de aula de la siguiente manera:

  • Se definen los logros y los indicadores de cada asignatura en el respectivo grado, teniendo en cuenta los fines del sistema educativo, objetivos por niveles y ciclos, visión y misión de la institución, estándares básicos de competencias y lineamientos curriculares, pero ante todo es formar al personal integralmente, que sea cada vez más humana y de bien.
  • Al inicio del año escolar los docentes socializan con los estudiantes los estándares y competencias de cada una de las áreas a desarrollaren el año lectivo y destacando el sistema valorativo de cada grado y clei que el estudiante va a cursar. Se ubican las distintas actividades y formas de evaluar a los estudiantes a lo largo del desarrollo de la asignatura, de tal forma que tenga correspondencia con los estándares y competencias básicas de cada área.
  • Se observa el trabajo de los estudiantes al desarrollar las actividades, tareas, ensayos, exámenes, comportamientos, aptitudes, valores, desempeño personal y social y otros que incidan en su formación integral.
  • Cada docente elabora los juicios valorativos, que de acuerdo con la naturaleza de su área, deben demostrar en su desempeño los estudiantes, determinando los niveles, circunstancias internas y externas, limitaciones o facilidades para alcanzarlos.
  • Finalmente se toman las decisiones que permitan a todos los estudiantes alcanzar los más altos niveles de indicadores, logros y competencias, que les faciliten su promoción a los grados superiores del sistema educativo, plasmadas en las escalas valorativas numéricas y conceptuales descritas anteriormente.

ARTICULO QUINTO: Acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños.

Como la evaluación es un proceso continuo, los docentes realizan con los estudiantes al finalizar cada acto pedagógico, tema, unidad o periodo, actividades como pruebas escritas, ensayos, investigaciones, consultas, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa y pruebas externas, contacto con los padres de familia o acudientes para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos.

  • Se identifica las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución de la comunidad educativa y del contexto.
  • Se hace reunión con las comisiones de evaluación y promoción especialmente cuando se presente deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado, ciclo, asignatura, para que con la participación de los estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento.
  • Se realizan actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajos o regulares en los momentos que el docente considere oportuno.
  • Desarrollo de estándares y competencias básicas de cada una de las áreas y asignaturas dadas por el ministerio de educación nacional.
  • Aplicación de conocimientos en situaciones reales y la solución de problemas de cada una de las asignaturas.
  • Demostración por cada estudiante que son competentes en los estándares y competencias diseñados para el grado y ciclo escolar respectivo.
  • Demostrar y aplicar competencias para desarrollar aprendizaje colaborativo y por proyectos.
  • Seguimiento en cada uno de los cuatro periodos, al proceso individual.
  • Análisis individual de los ritmos de aprendizaje de cada estudiante, acompañado con talleres de nivelación en los estándares y competencias que demuestra falencias.
  • Contacto permanente padre de familia, estudiante y docente con recomendaciones por parte de la comisión de evaluación y promoción institucional.
  • Verificación del desarrollo de trabajos investigativos, consultas, sustentaciones verbales y escritas, exposiciones y trabajo individual y en equipo.
  • Seguimiento al proceso de desempeño estudiantil en su hoja de vida, tanto académico como comportamental.
  • Convenios pedagógicos y de comportamiento.

ACTIVIDADES DE NIVELACIÓN.

 

Una semana antes de finalizar cualquiera de los cuatro periodos académicos el docente encargado de la asignatura, realiza a los estudiantes con valoración bajo refuerzos y nivelaciones los estándares y competencias no alcanzados.

ARTICULO SEXTO: Procesos de autoevaluación de los estudiantes.

 

Además de las pruebas y actividades que el docente realiza a sus estudiantes en forma permanente, se harán ejercicios y prácticas de reflexión, análisis e interpretación, que le permitan al estudiante hacer auto reflexión y evaluaciones de carácter conceptual y formativo, los cuales tiene un valor muy importante en la evaluación de final de cada uno de los cuatro periodos, siempre y cuando esa autoevaluación haya conducido al estudiante a mejorar en sus conocimientos y comportamientos.

Sabemos que toda evaluación debe ser integral, teniendo en cuenta todas las dimensiones del ser y en ella hay que tener en cuenta los siguientes componentes:

  • Cognitivos: Buscan adquirir el conocimiento necesario para aplicarlos en la solución de problemas académicos reales.

 

Mínimo una sustentación escrita, que valore desempeños individuales o colectivos a criterio del docente. Igualmente las sustentaciones verbales, trabajos de consultas o investigación con aplicación y sustentación verbal o escrita (individuales o grupal).

  • Procedimentales: Proceso que se sigue o desarrolla con los saberes en busca de la solución de problemas. Seguimiento de trabajo en clase, participación, desarrollo de autoaprendizaje.

 

  • Comportamentales: hace referencia a las actitudes que presenta el individuo frente a una situación o a los saberes que se le plantean. Responsabilidad, respeto, asistencia.

 

Se harán autoevaluaciones colectivas que permitan realizar además evaluaciones entre los mismos estudiantes, como ejercicios prácticos en la clase.

El número de notas no debe ser menor a tres para las asignaturas con una (1) hora de intensidad a la semana y en las demás debe ser proporcional al número de momentos pedagógicos.

Este proceso de evaluación debe tener seguimiento de los jefes de área y los coordinadores con el objetivo de garantizar el cumplimiento adecuado de él y evitar que se violente los derechos de los estudiantes en cuanto a la evaluación.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes por parte de los directivos docentes.

  • Establecer nivelaciones pedagógicas, para estudiantes que presentan dificultades en el alcance de los logros, en la última semana de cada uno de los cuatro periodos.
  • Verificar que los estudiantes y docentes desarrollen la didáctica del proceso evaluativo, investigaciones con bibliografías, presentación, sustentaciones orales y escritas, demostraciones, consultas cortas, seguimiento al trabajo de clase, evaluación individual y por equipos.
  • Definición de estándares y competencias a desarrollar por asignaturas, áreas, y por periodos al inicio del año socializar con los estudiantes el plan académico y valorativo.
  • Las comisiones de primaria y bachillerato harán los análisis de nivelación, a promoverse y a reprobar (la reprobación no debe ser superior al 3%).
  • Seguimiento al desarrollo de las nivelaciones del mes de enero del año siguiente.
  • Definir de acuerdo a los resultados promédiales, de asignaturas y áreas sobre la promoción de los estudiantes.
  • Organizar talleres remediales a estudiantes que se promueven con asignaturas y áreas perdidas.

ARTÍCULO OCTAVO: Acciones que garanticen el cumplimiento por parte de directivos y docentes para que cumplan lo establecido en este sistema institucional de evaluación.

  1. ACCIONES DE LOS DOCENTES.
  • Estudiar y apropiarse de la legislación relacionada con la evaluación escolar.
  • Definir en los planes de área los criterios de evaluación acordes al SIEP.
  • Aplicar el SIEP en su trabajo de aula y presentar a los directivos evidencias de ello.
  1. ACCIONES DE LOS COORDINADORES.

 

  • Liderar con los docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar.
  • Orientar la socialización del SIEP a estudiantes y padres de familia.
  • Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente.
  • Direccionar las comisiones conformadas por el SIEP.
  1. ACCIONES DEL RECTOR.

 

  • Liderar con los coordinadores y docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar.
  • Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del SIEP.
  • Orientar la socialización del SIEP a estudiantes y padres de familia.
  • Realizar seguimiento a los planes de área de manera permanente.
  • Direccionar las comisiones conformadas en el SIEP.
  • Presentar un proyecto del SIEP a los órganos del gobierno escolar (Consejo Directivo y Académico).
  • Definir y adoptar el SIEP como componente del PEI.

ARTICULO NOVENO: Periodicidad de entrega de informes a los estudiantes y padres de familia o acudientes.

Durante el año lectivo se informara a los estudiantes y padres de familia de cuatro informes con los juicios valorativos derivados de la evaluación, con referencia a cuatro (4) periodos de igual duración correspondientes a cada bimestre del años escolar y con valoración del porcentual del 25% cada uno y con la jornada de educación Clei V y VI serán dos periodos de 50% cada uno.

Al finalizar el año escolar, se entrega el quinto (5) informe que será el final, el cual incluye la evaluación integral del estudiante en su desempeño académico por áreas, personal y social. Describiendo su promoción en forma descriptiva. (En el caso de certificados).

ARTICULO DECIMO: Estructura de los informes de los estudiantes.

  • Los informes que se entregan a los estudiantes cada bimestre y el informe final, tienen los nombres y apellidos e identificación de los mismos. Van las asignaturas y áreas cursadas en cada grado con la intensidad horaria semanal de cada una y total de grado.
  • Deben aparecer las inasistencias en cada periodo por áreas y asignaturas.
  • El informe final solo contiene la nota definitiva por áreas y la sumatoria de las inasistencias en cada área. Además se añade la expresión: “Se promueve” o “No se promueve”. También incluye la intensidad horaria de cada área.
  • Los informes periódicos y finales de evaluación se entregan en papel membretado de la institución con el término de “Certificado” y son firmados solamente por el rector en forma original de la institución o quien delegue para los informes parciales.
  • En los certificados no aparece la valoración comportamental numérica, se expresa conceptual y descriptiva si los solicitan.
  • Las secretarias ya no firman certificados de acuerdo con el Decreto 2150 de 1995.

ARTICULO ONCE: Instancias, procedimientos, y mecanismos de atención y resolución de reclamos sobre evaluación y promoción.

Los estudiantes y padres de familia que consideren que se haya cometido alguna injusticia o violación al debido proceso, presentan por escrito solicitudes respetuosas a las siguientes instancias del plantel, para que sean atendidos sus reclamos:

  • El docente de la asignatura o grado.
  • La comisión de evaluación y promoción.
  • El Rector de la institución.
  • El consejo académico.

Las instancias antes mencionadas tienen un máximo de cinco (5) días hábiles para resolver y dar respuesta a las reclamaciones por escrito con los debidos soportes.

Para garantizar el cumplimiento de la presente resolución, el consejo académico, el consejo de padres de familia, el consejo estudiantil, la asociación de padres, están atentos para que estas pautas sean conocidas y divulgadas ante toda la comunidad educativa, para cuando detecten alguna irregularidad, se pueden dirigir en primera instancia  a las comisiones de evaluación y promoción, al consejo directivo o  a la respectiva secretaria de educación.

Para apoyar las actividades de evaluación, promoción, nivelación y graduación:

  • Convocar reuniones generales de docentes por asignatura, para analizar y proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación del aula.
  • Orientar a los docentes para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores y logros a los estudiantes que tienen dificultades en su obtención.
  • Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en asignaturas y áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia los correctivos necesarios para superarlos.
  • Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada y nivelaciones para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales o para la promoción ordinaria de los estudiantes con discapacidades notorias.
  • Servir de instancia para decidir sobre peticiones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o docentes que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales.
  • Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el sistema institucional de evaluación definido en la presente resolución.
  • Reunirse al finalizar cada periodo y cuando las situaciones lo requieran.
  • Los coordinadores junto con el consejo académico se pueden constituir en comisión para el cumplimiento de lo anteriormente expuesto.

ARTICULO DOCE: Mecanismo de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema institucional de evaluación.

Por medio de las reuniones con padres de familia, estudiantes por grupos, jornadas pedagógicas con docentes y mesas de trabajo de debate, analiza y se da a conocer a toda la comunidad educativa, el Decreto 1290 del 2009, generando debates y acuerdos para producir el documento, proyecto de acuerdo al consejo directivo para luego publicar a la comunidad educativa EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMICIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA JORGE ELIECER GAITAN AYALA que regirá a partir de enero del año 2016.

ARTICULO TRECE: la presente Resolución rige a partir del 1 de enero de 2016 y deroga los acuerdos o resoluciones que le sean contrarias o lo contemplado en el Decreto 1290 del 16 de abril de 2009 la resolución  N. 003 de octubre 6 de 2009.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

 

Dada en la rectoría a los 15 días de Abril de 2016.

RAFAEL ANTONIO PRIETO DUARTE

Rector

  1. REGLAS DE USO DE LA BIBLIOTECA Y SALA DE INFORMÁTICA.

 

En aras de una buena marcha de la biblioteca, debemos tener en cuenta lo siguiente:

  1. Al ingresar a la biblioteca dejar los bolsos en el estante respectivo.
  2. No consumir alimentos o bebidas en la biblioteca.
  3. Ingresar siempre en silencio para no interrumpir el trabajo de los demás usuarios.
  4. No tomar libros sin informe previo de la encargada de la biblioteca.
  5. Dejar los libros utilizados sobre la mesa, no meterlos al estante.
  6. Solicitar los libros antes de iniciar las clases, después de cada jornada y descansos para que no se interrumpan las clases.
  7. El préstamo de libros es personal y se debe presentar el carne de la institución.
  8. Firmar el control de préstamo.
  9. Devolver los libros en buen estado y fechas asignadas.
  10. Responder por los libros que se extravíen.
  11. Cuando se soliciten textos para trabajar con los estudiantes, llevarlos contados y devolverlos al terminar la jornada, respondiendo por la cantidad de retirados y por el buen estado de los mismos.
  12. No rayar ni arrancar hojas de los libros, tratarlos bien.